Sociedad de Inversiones y Asesorías Ibáñez Limitada 76.227.381-0 - 3 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856792046

Sociedad de Inversiones y Asesorías Ibáñez Limitada 76.227.381-0

Fecha de publicación03 Febrero 2021
Número de registroCVE-1890226
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.871
CVE 1890226 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.871 | Miércoles 3 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1890226
EXTRACTO
GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la 48º Notaría de
Santiago, de don ROBERTO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, avenida
Apoquindo Nº 3.076, piso 6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO que,
mediante escritura pública de fecha 15 de enero de 2021, bajo el repertorio Nº 509/2021, ante mí,
Ricardo Ibáñez Villarroel, Patricia Díaz Navarrete y Santa Gloria SpA, todos domiciliados para
estos efectos en avenida Andrés Bello Nº 2.711, piso 8, comuna de Las Condes, modificaron los
estatutos de Sociedad de Inversiones y Asesorías Ibáñez Limitada (la “Sociedad”) en lo
siguiente: UNO. Modificar la razón social de la Sociedad, que en adelante se denominará
“Asesorías Grupo Defensa Limitada” reemplazando el Artículo Primero de los estatutos
sociales.- DOS. Transformar la Sociedad a una sociedad por acciones que se denominará
“Asesorías Grupo Defensa SpA”, cuyos accionistas serán Ricardo Ibáñez Villarroel, Patricia
Díaz Navarrete y Santa Gloria SpA, fijando los nuevos estatutos sociales por los que ella se
regirá, de los que extracto lo que sigue: Nombre: “Asesorías Grupo Defensa SpA”, pudiendo
utilizar como nombre de fantasía “Grupo Defensa SpA”. Objeto: a) La prestación de todo tipo de
servicios y asesorías legales y jurídicas, incluyendo toda clase de servicios profesionales
relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo asumir la representación judicial y/o
extrajudicial de terceros; b) La prestación de servicios profesionales en asesorías contables,
tributarias, legales, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e
implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y
capacitación; efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la
representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras; realizar todo tipo de
estudios, servicios y asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero,
contable, legal y técnico; c) Realizar cualquier otro acto, contrato o negocio, proyecto o actividad
de cualquier naturaleza que fuere, que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del giro
social, que promueva o complemente lo señalado anteriormente y que los accionistas acuerden.
Domicilio: La ciudad de Viña del Mar, Región de Valparaíso, sin perjuicio de las agencias o
sucursales que pudiere establecer en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida.
Capital: La cantidad de $100.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de
una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.-
TRES. Dividir la Sociedad, con efectos a partir de la fecha de la escritura citada, subsistiendo la
Sociedad como continuadora legal, la que continuará operando bajo el mismo nombre y
rigiéndose por los mismos estatutos, y constituyéndose una nueva sociedad por acciones, la que
se denominará Nueva Santa Gloria SpA, a la cual se le asignó un 58,82% del patrimonio de la
Sociedad, todo de conformidad con el balance de división al 31 de octubre de 2020.- CUATRO.
Disminuir, como consecuencia de la división, el capital social de la Sociedad en $57.818.078
pesos, esto es, de la suma de $100.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones, a la suma de
$42.181.922 pesos, dividido en las mismas 1.000 acciones ordinarias, nominativas de una sola
serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma detallada en el Artículo
Primero Transitorio de los estatutos, reemplazando el Artículo Quinto y Primero Transitorio de
los estatutos de la Sociedad, los que pasan a quedar redactados en los siguientes términos:
“Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la cantidad de $42.181.922 pesos, dividido en
1.000 ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal,
capital que puede ser enterado en dinero efectivo o con otros bienes, y que se suscribe y paga en
la forma detallada en el Artículo Primero Transitorio de este instrumento. En el evento de que se
aumente el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de dichas acciones podrá ser
pagado en dinero efectivo o con otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre pagado,
gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo, únicamente, en lo relativo a la
participación que les corresponda en las devoluciones de capital, caso en el que concurrirán en
proporción a la parte pagada”; Artículo Primero Transitorio: “Artículo Primero Transitorio: El

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