Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santo Domingo Limitada 76.014.691-9 - 24 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873310998

Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santo Domingo Limitada 76.014.691-9

Fecha de publicación24 Julio 2021
Número de registroCVE-1982820
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.010
CVE 1982820 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.010 | Sábado 24 de Julio de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1982820
EXTRACTO
Felipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva
Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por
escritura pública bajo Rep. 57.745-2.021, de fecha 23-06-2021, ante el titular: Doña MARIA
ALEJANDRA GOMEZ BECK, chilena, soltera, periodista, C.I.N° 15.639.271-5, con domicilio
en calle Rucahue N° 1840, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Doña CATALINA
GOMEZ BECK, chilena, arquitecto, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N°
16.099.475-4, con domicilio camino Los Refugios N° 19000 Parcela 79, comuna de Lo
Barnechea, Región Metropolitana; y Doña ISIDORA GOMEZ BECK, chilena, soltera, ingeniero
comercial, C.I.N° 18.640.026-7, con domicilio en camino Los Refugios N° 19000 Parcela 79,
comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA E
INVERSIONES SANTO DOMINGO LIMITADA, Rut. 76.014.691-9, la sociedad se inscribió a
Fojas 12.663, N° 8.575, del Registro de Comercio correspondiente al año 2008, del Conservador
de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago. Modificación consiste: Cesión De Derechos
Sociales: Por este acto, estando de acuerdo todos sus actuales socios y, por consiguiente,
actuando ellos de consuno, modifican la señalada sociedad en esta forma: A) La socia doña
MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK, ya individualizada, vende, cede y transfiere a doña
ISIDORA GOMEZ BECK, también ya individualizada, quien compra, adquiere y acepta para sí,
el 34% de todos los derechos de la cedente en la referida sociedad, hasta esta fecha equivalentes
a un total de 50% de todos los derechos sociales. El precio de la precitada cesión de derechos es
la suma total de $550.000, que la cesionaria paga a la cedente en este acto, al contado, en dinero
efectivo, declarando esta última recibirlo en esa forma, a su completa satisfacción, dándolo por
enteramente pagado. B) La socia doña CATALINA GOMEZ BECK, ya individualizada, vende,
cede y transfiere a doña ISIDORA GOMEZ BECK, también ya individualizada, quien compra,
adquiere y acepta para sí, el 34% de todos los derechos de la cedente en la referida sociedad,
hasta esta fecha equivalentes a un total de 50% de todos los derechos sociales. El precio de la
precitada cesión de derechos es la suma total de $550.000, que la cesionaria paga a la cedente en
este acto, al contado, en dinero efectivo, declarando esta última recibirlo en esa forma, a su
completa satisfacción, dándolo por enteramente pagado. C) Como consecuencia de las cesiones
de derechos precedentes, las socias doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK y doña
CATALINA GOMEZ BECK, mantienen cada una en su dominio un remanente equivalente al
33% del total de los derechos sociales respectivamente. D) Todos los socios comparecientes
declaran que doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK y doña CATALITA GOMEZ BECK
completaron oportunamente sus respectivos aportes sociales y que, salvo lo expresado en este
mismo instrumento, nada adicional adeuda singularmente a la sociedad materia de esta escritura
por ese concepto ni por ningún otro diferente. E) Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK
y doña CATALINA GOMEZ BECK declaran que con motivo de la cesión de derechos sociales
materia de este instrumento, han pasado al dominio de la cesionaria doña ISIDORA GOMEZ
BECK los derechos en las proporciones que se indican. F) Los comparecientes en esta escritura,
tanto entre ellos como asimismo todos ellos con la sociedad, se otorgan total y recíproco
finiquito de acciones y derechos, declarando que nada se adeudan entre sí por ningún motivo o
concepto. Modificaciòn Societaria: Doña MARIA ALEJANDRA GOMEZ BECK, doña
CATALINA GOMEZ BECK y doña ISIDORA GOMEZ BECK, en sus calidades de únicas
socias modifican las siguientes cláusulas del pacto social, en los siguientes sentidos: TITULO
PRIMERO: DE LA RAZON SOCIAL, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. Artículo
Cuarto: El plazo de duración de la Sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de la
presente escritura, plazo que se entenderá tácita y sucesivamente prorrogado por períodos iguales
y sucesivos de 10 años si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término
mediante escritura pública en tal sentido, otorgada a lo menos con 6s meses de anticipación a la
fecha de vencimiento del período que estuviere en curso, la que deberá anotarse con igual

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