Sociedad de Gestión Las Palmas Limitada 76.024.503-8 - 25 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875047024

Sociedad de Gestión Las Palmas Limitada 76.024.503-8

Número de registroCVE-1999055
Fecha de publicación25 Agosto 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.037
CVE 1999055 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.037 | Miércoles 25 de Agosto de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1999055
EXTRACTO
María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con
oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada
con fecha 7 de julio de 2021, Repertorio N° 17.743 / 2021, ante mí, don Pedro Tomás Allende
González, doña Paulina Decombe Villalobos, don Pedro Tomás Allende Decombe, don
Francisco Javier Allende Decombe, don Patricio Andrés Allende Decombe, doña María Paulina
Allende Decombe y don Felipe Alberto Allende Decombe todos con domicilio para estos efectos
en Santiago, calle El Litre 1.020, departamento 140, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana;
modificaron la sociedad denominada Sociedad de Gestión Las Palmas Limitada de la siguiente
manera: Uno) Los socios acordaron modificar la administración y el uso de la razón social de la
compañía, la que ahora corresponderá a un Directorio, cuya duración será indefinida y que estará
integrado por cinco miembros: don Pedro Tomás Allende Decombe, don Francisco Javier
Allende Decombe, don Patricio Andrés Allende Decombe, doña María Paulina Allende
Decombe y don Felipe Alberto Allende Decombe. Dos) Además, se acordó modificar la duración
de la sociedad ampliando el plazo de ésta hasta el año 2060. Al efecto, se reemplazó el texto de
la cláusula séptima del estatuto social vigente por el que sigue: “SÉPTIMO: La sociedad rige
desde el dieciocho de marzo de dos mil ocho y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año
dos mil sesenta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada
uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al
vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante
escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del
respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el
desahucio formulado por cualquiera de ellos.”. Tres) Se efectuó la cesión de la nuda propiedad
de los siguientes derechos sociales: don Pedro Tomás Allende González cedió la nuda propiedad
de la totalidad de sus derechos en la sociedad a don Pedro Tomás Allende Decombe, a don
Francisco Javier Allende Decombe, a don Patricio Andrés Allende Decombe, a doña María
Paulina Allende Decombe y a don Felipe Alberto Allende Decombe, mediante la cesión de una
cuota equivalente a $100.000 en el capital social para cada uno de ellos, los que de este modo se
incorporaron como nuevos socios en la compañía. Se dejó constancia que don Pedro Tomás
Allende González se reservó para sí y para su cónyuge, doña Paulina Decombe Villalobos, el
usufructo vitalicio de aquellos derechos sociales, con derecho a acrecer entre ambos. A su vez,
doña Paulina Decombe Villalobos cedió la nuda propiedad de la totalidad de sus derechos en la
sociedad a don Pedro Tomás Allende Decombe, a don Francisco Javier Allende Decombe, a don
Patricio Andrés Allende Decombe, a doña María Paulina Allende Decombe y a don Felipe
Alberto Allende Decombe, mediante la cesión de una cuota equivalente a $100.000 en el capital
social para cada uno de ellos, aumentando así la participación de aquellos en la compañía. Se
dejó constancia que doña Paulina Decombe Villalobos se reservó para sí y para su cónyuge, don
Pedro Tomás Allende González, el usufruto vitalicio de aquellos derechos sociales, con derecho
a acrecer entre ambos. Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó la cláusula cuarta del
estatuto vigente por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000,
totalmente aportado y pagado en dinero efectivo, y que corresponde a los actuales socios como
sigue: a) a don Pedro Tomás Allende Decombe, $200.000; b) a don Francisco Javier Allende
Decombe, $200.000; c) a don Patricio Andrés Allende Decombe, $200.000; d) a doña María
Paulina Allende Decombe, $200.000; y, e) a don Felipe Alberto Allende Decombe, $200.000.
Don Pedro Tomás Allende González y doña Paulina Decombe Villalobos, son usufructuarios de
la totalidad de los derechos sociales de cada uno de los socios don Pedro Tomás Allende
Decombe, don Francisco Javier Allende Decombe, don Patricio Andrés Allende Decombe, doña
María Paulina Allende Decombe y don Felipe Alberto Allende Decombe, por partes iguales. Este
usufructo tiene vigencia de por vida de don Pedro Tomás Allende González y de doña Paulina
Decombe Villalobos, y con derecho de acrecer entre ambos.” Demás estipulaciones escritura
extractada. Santiago, 23 de agosto de 2021.

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