Sociedad Educacional Sonia González Ford e Hijos Limitada - 16 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876856717

Sociedad Educacional Sonia González Ford e Hijos Limitada

Número de registroCVE-2026210
Fecha de publicación16 Octubre 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.079
CVE 2026210 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.079 | Sábado 16 de Octubre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2026210
EXTRACTO
GONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Público Titular Antofagasta, con
oficio en calle José de San Martín Nº 2745, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de
septiembre de 2021, ante mí: Sonia Carmen González Ford, Profesora; Carmen Sonia Tejada
González, Ingeniero Comercial; Gonzalo Enrique Tejada González, Profesor; y, Krasna
Monserrat Peric Tejada, Asistente contable; todos domiciliados Antofagasta, modificaron la
“Sociedad Educacional Sonia González Ford e Hijos Limitada”, o “Sonia González Ford e Hijos
Ltda.”, Rol Único Tributario 77.025.730-1, constituida con un capital inicial de $203.700.000.-
aportados y enterados en caja social en la forma que consta en la cláusula sexta del estatuto
social original, conforme a su escritura pública de fecha 30 julio 1997, inscrita extracto fojas 640
N°240 Registro Comercio Arica 1997, publicada Diario Oficial 35.840, el 12 agosto 1997; y
modificada anteriormente por escritura pública 14 mayo 2002, extracto inscrito a fojas 434,
N°200, Registro Comercio Arica 2002, publicada Diario Oficial 37.265, de fecha 23 mayo 2002,
en siguientes términos: Socia Sonia del Carmen González Ford, con anuencia consocios, cede,
vende, y transfiere en la suma de cincuenta millones de pesos pagaderos en la forma que expresa
la escritura extractada, sus derechos y participaciones en la sociedad equivalentes al 10% del
total del capital social, a Krasna Monserrat Peric Tejada, quien acepta, compra y adquiere para sí
los derechos y participaciones de la cedente. Socia Sonia del Carmen González Ford, con
anuencia consocios, cede, vende, y transfiere en la suma de doscientos millones de pesos
pagaderos en la forma que expresa la escritura extractada, sus derechos y participaciones en la
sociedad equivalentes al 32,955% del total del capital social, a socia Carmen Sonia Tejada
González, quien acepta, compra y adquiere para sí los derechos y participaciones de la cedente.
Socia Sonia del Carmen González Ford, con anuencia consocios, cede, vende, y transfiere en la
suma de doscientos millones de pesos pagaderos en la forma que expresa la escritura extractada,
sus derechos y participaciones en la sociedad equivalentes al 32,955% del total del capital social,
a socio Gonzalo Enrique Tejada González, quien acepta, compra y adquiere para sí los derechos
y participaciones de la cedente. Actuales socios acuerdan modificar estatuto social siguiente
manera: I: En cláusula Sexta. referida al capital social, declaran que la participación de los socios
en el capital social es ahora la siguiente: a) Doña Sonia del Carmen González Ford, 10%; b)
Doña Carmen Sonia Tejada González, 40%; c) don Gonzalo Enrique Tejada González, 40%; y,
d) doña Krasna Monserrat Peric Tejada, 10%. II: Se reemplaza cláusula Novena del estatuto
social que se elimina y sustituye por la siguiente: “Noveno: “Las ganancias se distribuirán y las
pérdidas se afrontarán entre los socios en la siguiente proporción. a) Sonia del Carmen González
Ford, diez por ciento; b) Carmen Sonia Tejada González, cuarenta por ciento; c) Gonzalo
Enrique Tejada González, cuarenta por ciento; y, Krasna Monserrat Peric Tejada, diez por
ciento”. III: Tres: Se modifica cláusula Tercera, referida al nombre o razón social sociedad que
se elimina y reemplaza por el siguiente: “TERCERO: El nombre de la sociedad comercial
pactada por este instrumento es “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES SONIA
GONZALEZ FORD E HIJOS LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar,
inclusive con bancos e instituciones de crédito, con la denominación extractada
“INMOBILIARIA SONIA GONZALEZ FORD E HIJOS LTDA.”. IV: Se modifica cláusula
Segunda, referida objeto social, que se elimina y reemplaza por la siguiente: “SEGUNDO: “El
objeto de la Sociedad será: La inversión financiera con fines de lucro en toda clase de negocios
del área inmobiliaria y mobiliaria, pudiendo invertir en toda clase de bienes inmuebles, en bienes
corporales muebles y en bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de
acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades,
sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y de toda clase de títulos o valores
mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes, en especial inmuebles, sean
rurales o urbanos; explotar y administrar inmuebles propios o ajenos directamente o por terceros
en cualquier forma, incluso mediante loteos, subdivisión, arrendamiento, construcción y

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