Sociedad conyugal: Necesaria modernización - 5 de Abril de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 707530541

Sociedad conyugal: Necesaria modernización

Sin duda, el refrán "contigo, pan y cebolla" indica generosidad en el amor conyugal y un encomiable romanticismo, pero la cruel realidad suele demostrar que las dificultades económicas desafían la estabilidad y la buena convivencia de los matrimonios. Por eso, un diseño adecuado de un régimen jurídico para administrar los bienes que los cónyuges adquieren durante su vida en común es un factor relevante para proteger a la familia y evitar injusticias cuando sobreviene el término del matrimonio, ya sea por muerte o por quiebre de la relación.

En nuestro país, y desde hace bastante tiempo, tenemos un déficit en esta materia, por los desajustes que presenta el régimen de sociedad conyugal con la comprensión actual de la igualdad entre cónyuges. Es cierto que, en la práctica, este régimen es más beneficioso para las mujeres, porque les permite administrar de manera exclusiva los bienes que provengan de su trabajo y luego decidir si se quedan con ellos (patrimonio reservado). Pero en otras de sus características aparece como machista y discriminatorio. El solo hecho de que dé al marido el título de "jefe" de la sociedad conyugal despierta suspicacias en su contra, las que se ven más que confirmadas cuando se observa que concede al marido la administración de los bienes sociales y, más aún, la de los bienes propios de la mujer. No es de extrañar que la separación de bienes haya ido ganando cada vez más popularidad en los matrimonios jóvenes, con los riesgos que implica, sobre todo para la mujer, cuando todos los bienes son puestos a nombre del marido.

Por ello, debe alegrarnos que entre los proyectos de ley en trámite a los que el gobierno del Presidente Piñera ha puesto urgencia está el que introduce profundas reformas a la sociedad conyugal y que, en su primer período, fue aprobado por la Cámara de Diputados. El proyecto actualiza este régimen matrimonial, proveyéndolo de un tratamiento equitativo entre marido y mujer: se propone que sean los mismos contrayentes los que determinen cuál de ellos va a ser el cónyuge administrador o si administrarán en conjunto.

La comunidad se formará con todos los bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso (sueldos, utilidades, compras, etc.). En cambio...

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