SOCIEDAD COMERCIALIZADORA EL LINGUE LIMITADA - 3 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932932965

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA EL LINGUE LIMITADA

Número de registroCVE-2325008
Fecha de publicación03 Junio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.568
CVE 2325008 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.568 | Sábado 3 de Junio de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2325008
EXTRACTO
GONZALO ESTEBAN MIGUEZ NÚÑEZ, Abogado, Notario Público Titular de Tomé,
con Oficio en esta ciudad, calle Sotomayor Nº 1265, Tomé, Certifico: Por escritura pública de
fecha 26 de Mayo de 2023, anotada en el Repertorio N° 908, ante mí, don FRANCISCO JOSÉ
SBARBARO MONARDES, chileno, empresario, soltero, cédula de identidad número
15.855.176-4, domiciliado en Los Quillayes kilometro 1,6, de la comuna de Tomé y don
SALVADOR ANDRÉS SBARBARO MONARDES, chileno, empresario, soltero, cédula de
identidad número 14.206.828-1, domiciliado en Los Quillayes kilometro 1,6, de la comuna de
Tomé.- PRIMERO: Del nombre y razón social: Será “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA EL
LINGUE LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo
organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre
de Fantasía de “COMERCIALIZADORA EL LINGUE LTDA.”.- SEGUNDO: Del objeto
social: Será: A) VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS
AUTOMOTORES; B) VENTA AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA Y
MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN; C) VENTA AL POR MENOR DE CARBÓN, LEÑA Y
OTROS COMBUSTIBLES DE USO DOMÉSTICO EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS;
CH) ALQUILER DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES SIN CHOFER; D) FABRICACIÓN DE
CARBÓN VEGETAL (EXCEPTO ACTIVADO); FABRICACIÓN DE BRIQUETAS DE
CARBÓN VEGETA; E) VENTA AL POR MENOR DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
NUEVOS O USADOS (INCLUYE COMPRAVENTA); Y F) Cualquier otra que los socios
acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del
domicilio social: Será la comuna de Tomé, Región del Bio-Bìo, sin perjuicio de abrir sucursales
en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón
social: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá a los socios don
FRANCISCO JOSÉ SBARBARO MONARDES y don SALVADOR ANDRÉS SBARBARO
MONARDES indistintamente, quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social
a su firma, obligará y representará a la sociedad con ciertas facultades.- Pero la administración y
uso de la razón social corresponderá en conjunto a los socios, quienes actuando por la sociedad y
anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la obligarán y representarán con las más
amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea
parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o
meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital: El Capital social asciende a la
suma de veinticinco millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma:
UNO) El socio don FRANCISCO JOSÉ SBARBARO MONARDES, con la suma de doce
millones quinientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de siete
millones de pesos, que entera en este acto en aporte del bien mueble singularizado en la cláusula
anterior, y b) con la suma de cinco millones quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja
social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años,
equivalente al cincuenta por ciento del capital total social; y DOS) El socio don SALVADOR
ANDRÉS SBARBARO MONARDES, con la suma de doce millones quinientos mil pesos, que
se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de tres millones quinientos mil pesos, que
entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma
de nueve millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades
sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años, equivalente al cincuenta por ciento del
capital total social.- El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha
comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de
bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le
correspondan en la sociedad.- SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los
socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática.-
La sociedad se pacta por un plazo de diez años contados desde la fecha de la presente escritura,

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