Sociedad Comercial, Importadora y Exportadora Mosayco Limitada - 17 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 923402853

Sociedad Comercial, Importadora y Exportadora Mosayco Limitada

Fecha de publicación17 Febrero 2023
Número de registroCVE-2273713
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.480
CVE 2273713 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.480 | Viernes 17 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2273713
EXTRACTO
SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, abogado, Notario Público Suplente de don
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público de la 49º Notaría de
Santiago, con oficio en Amunátegui Nº73, Santiago: CERTIFICA: Por Escritura Pública de fecha
8 de febrero de 2023, Repertorio Nº 9.096- 2.023, ante mí, comparecen; doña CLAUDIA
ALEJANDRA SANTIBAÑEZ MORA, chilena, divorciada, empresaria, C.I. N° 12.357.545-8,
doña VIVIANA ANDREA SANTIBAÑEZ MORA, chilena, casada, empresaria, C.I. N°
11.526.542-3 y doña PAULINA DE LAS NIEVES SANTIBAÑEZ MORA, chilena, casada,
empresaria, C.I. N° 10.060.201-6, todas domiciliadas en Calle O’Higgins N° 195, Comuna de
Talagante, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Sociedad
Comercial, Importadora y Exportadora Mosayco Limitada”, nombre de fantasía “Comercial
Mosayco Ltda”.- DOMICILIO: ciudad: Talagante, sin perjuicio de las sucursales o agencias que
se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero.- DURACIÓN: DURACIÓN 10
años, prorrogándose tacita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 10
años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino
mediante una declaración formulada en tal sentido por escritura pública anotada al margen de la
inscripción primitiva de la sociedad en el correspondiente Registro de Comercio, y todo ello, con
una anticipación mínima de 180 a la fecha de vencimiento de plazo primitivo o de cualesquiera
de sus prorrogas que estuviere en curso.- OBJETO: El objeto de la sociedad será:
uno)compra-venta al por menor y al por mayor de alimentos para animales, distribución de los
mismos, almacén de comestible, venta de fruta seca; dos) Vender y/o comprar, arrendar bienes
sean raíces o muebles, urbanas o rurales; tres) desarrollar actividades relacionadas con la
comercialización, importación, exportación, compraventa y distribución de bienes y servicios;
cuatro)La representación o intermediación de marcas; cinco) La sociedad podrá, para el
cumplimiento del objeto social hacer inversiones en todas sus formas y tipo de bienes, muebles o
inmuebles, corporales o incorporales y administrarlos. Además podrá realizar cualquier otra
actividad, qué acuerden los socios, que directa o indirectamente le permita cumplir el objetivo
social. ADMINISTRACIÓN: La administración representación y el uso de la razón social
corresponderá de manera conjunta o indistintamente a todas las socias, amplias facultades.- La
responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. CAPITAL:
Capital: $10.000.000.- dividido de la siguiente manera a) Doña CLAUDIA SANTIBAÑEZ
MORA, aporta la suma de $3.300.000 lo que representa el 33% por ciento de los derechos
sociales de la sociedad, en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, a entera satisfacción de
la otra socia; b) Doña VIVIANA SANTIBAÑEZ MORA, aporta la suma de un $3.300.000, lo
que representa el 33% de los derechos sociales de la sociedad, en dinero efectivo, ya ingresados a
caja social, a entera satisfacción de las otras socias; c) Doña PAULINA SANTIBAÑEZ MORA,
aporta la suma de $3.400.000, lo que representa el 34% por ciento de los derechos sociales de la
sociedad, en dinero efectivo, ya ingresados a caja social, a entera satisfacción de las otras socias.
Demás estipulaciones en escritura Extractada. Santiago 13 de febrero de 2023.

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