SOCIEDAD COMERCIAL HACIENDA TEXTIL LIMITADA - 9 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 916195206

SOCIEDAD COMERCIAL HACIENDA TEXTIL LIMITADA

Fecha de publicación09 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2230601
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.421
CVE 2230601 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.421 | Viernes 9 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2230601
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, Titular de la Cuadragésima Primera Notaria De Santiago, con oficio
en calle paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública de
fecha 4 de Noviembre de 2022, Rep. N° : 28.878-2022, ante mí, comparecen: Doña PAULA
DANIELA CUEVAS ULLOA, chilena, casada, comerciante, C.I. nacional N° : 17.109.851-3, y
Don ERICK ANDRES CASTRO ULLOA, chileno, soltero, prevencionista de riesgos, C.I.
nacional N° : 18.667.837-0, ambos con domicilio en Doctor Moore 36, Comuna de Paredones,
Región Del Libertador Bernardo O’Higgins, de paso en ésta; constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuya Razón Social será: “SOCIEDAD COMERCIAL HACIENDA
TEXTIL LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “COMERCIAL HACIENDA
TEXTIL LTDA”.- OBJETO: Será: la compraventa, importación, exportación, comercialización,
distribución dentro del país y o extranjero de todo tipo de telas, para cortinajes, tapicería,
vestuario, cintas, encajes , bordados, huinchas, barras metálicas, madera, argollas, ganchos,
refuerzos plásticos, la fabricación de todo tipo de pañales sean estos de tela y/o desechable,
sabanas para hospitales públicos, clínicas privadas, la confección de mascarillas sanitarias y la
confección de batas, delantales, gorras, cubre calzado y confeccionar en general todo tipo de
vestuario y accesorio para el personal de la salud sean estos públicos o privados. Pudiendo
ejecutar cualquier actividad comercial que tienda directa o indirectamente a la. importación,
comercialización , arriendo , venta y distribución de todo tipo de maquinas, accesorios y
repuestos que estén relacionados con la confección en general todo lo que importe la
consecución de sus fines sociales, en especial podrán los socios comercializar todo tipo de
artículos de librería, Juguetería, confitería y bazar, pudiendo los socios comprar vender arrendar
y sub-arrendar todo tipo de bienes muebles e inmuebles, especialmente locales comerciales
incluyendo la participación de la sociedad como socia de toda clase de compañías, sociedades o
asociaciones y cualquier tipo de actos o contratos que se relacionen con el giro y que los socios
acuerden de consuno tanto en el país como en el extranjero.- DOMICILIO.- Los comparecientes
fijan su domicilio y el de la sociedad en la región del Libertador General Bernardo O”HIGGINS,
sometiéndose desde ya, a la competencia de sus tribunales, sin perjuicio de las sucursales o
agencias que puedan establecer en el resto del país o en el extranjero.- ADMINISTRACIÓN: La
administración y el uso de la razón social corresponderán única y exclusivamente a Doña
PAULA DANIELA CUEVAS ULLOA quien anteponiendo su firma a la razón social, la
representarán con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital social es la suma de
$10.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) PAULA DANIELA
CUEVAS ULLOA, aporta la suma de $9.500.000.-, equivalente al 95% del capital social, que
entera en este acto en dinero efectivo ya ingresado en caja social; b) ERICK ANDRES CASTRO
ULLOA, aporta la suma de $500.000.-, equivalentes al 5% del capital social, que entera, en este
acto, en dinero efectivo ya ingresado en caja social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta
concurrencia del monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: El plazo de la sociedad será de
cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, cualquiera de los socios podrá ponerle
término, manifestando dicha voluntad a través del envió de carta certificada con una anticipación
mínima de 6 meses a la fecha de expiración del presente contrato.- Demás antecedentes en
escritura extractada. Santiago, 4 de Noviembre.- Felix Jara Cadot, Notario Público Titular.

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