Sociedad Comercial El Emporio de Ágatha Limitada - 8 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857438144

Sociedad Comercial El Emporio de Ágatha Limitada

Fecha de publicación08 Octubre 2020
Número de registroCVE-1827840
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.775
CVE 1827840 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.775 | Jueves 8 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1827840
EXTRACTO
ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, Abogada, Notaria Interina de la Segunda
Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por
escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2020, Rep. 1.973-2020, don FABIÁN ALBERTO
ARCE LÓPEZ, Ingeniero Mecánico, C.I. 17.008.707-0, y doña MARÍA FERNANDA
ALBORNOZ ANDRADE, Química y Licenciada en Química, C.I. 17.024.479-6, ambos
domiciliados en calle Tenerife 2342, Valle Noble, comuna de Concepción, constituyeron
Sociedad de Responsabilidad Limitada: RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL EL
EMPORIO DE ÁGATHA LIMITADA”, pero podrá usar y funcionar incluso con los bancos,
Instituciones Financieras, de Previsión y Seguridad Social con el nombre de fantasía de “EL
EMPORIO DE ÁGATHA LIMITADA”, pudiendo en ambos casos abreviarse la última palabra
por “Ltda.”. OBJETO SOCIAL: a)Panificadora, panadería, amasandería; b) La comercialización
de Té, especias, hierbas naturales y frutos secos; c) La producción, elaboración, comercialización
y distribución de toda clase de té, café, mate e infusiones de hierbas y alimentos en general, y d)
cualquiera otra actividad análoga, complementaria o anexa a las señaladas que diga o no relación
con el giro principal y que los socios acuerden. CUARTO: $6.000.000, aportado de la siguiente
manera: a) El socio don FABIAN ALBERTO ARCE LÓPEZ, aporta $3.000.000, en dinero
efectivo y al contado, que es enterado en este acto en caja social y que equivalen al 50% de los
derechos en la sociedad; b) la socia doña MARÍA FERNANDA ALBORNOZ ANDRADE,
aporta $3.000.000, en dinero efectivo y al contado, que es enterado en este acto en caja y que
equivalen al 50% de los derechos en la sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración,
representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don FABIAN ALBERTO
ARCE LÓPEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, la obligará y representará con las
más amplias facultades, en todos los actos y contratos relativos a su objeto o giro ordinario, con
las facultades indicadas en pacto social. UTILIDADES: Las utilidades y pérdidas de la sociedad
se distribuirán entre los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. RESPONSABILIDAD: Los
socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes.
DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 3 años,
renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su
voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura
pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará judicialmente en
forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento
Civil, si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de, a lo menos, 6 meses antes
del fin del respectivo período. DURACIÓN: La sociedad tendrá como domicilio la comuna de
Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás
estipulaciones, escritura extractada. Concepción, 06 de octubre de 2020/mme.-

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