SOCIEDAD COMERCIAL DIAZ NAVARRO LIMITADA - 14 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 938000382

SOCIEDAD COMERCIAL DIAZ NAVARRO LIMITADA

Número de registroCVE-2343801
Fecha de publicación14 Julio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.601
CVE 2343801 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.601 | Viernes 14 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2343801
EXTRACTO
Claudio Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz
N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura pública de fecha 03 de julio de 2.023,
repertorio 757-2023, ante mi suplente Gabriel Enrique Castillo Choupay, don JOSE ARMENIO
DIAZ DIAZ, chileno, divorciado, comerciante, y SANDRA ELIZABETH NAVARRO
SANHUEZA, chilena, divorciada, comerciante, ambos domiciliados Independencia número cero
setenta y seis, Quellón, constituyeron sociedad colectiva comercial de responsabilidad limitada.
Razón social: La razón social será “SOCIEDAD COMERCIAL DIAZ NAVARRO
LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar con el nombre de fantasía “HITO CERO LTDA.”
Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La compra, venta, distribución y comercialización de
abarrotes, vinos y licores, rotisería, confitería, cigarrillos, panadería y pastelería, frutería,
verdulería, cafetería, autoservicio, productos de banquetería; b) La explotación comercial de
negocios, cabañas, hostería, restaurantes, quincho, centro de eventos, camping u otras similares.
c) La instalación, explotación, administración de actividades de turismo aventura y recreación,
pesca deportiva, cabalgatas, avistamiento de aves. d) El transporte en todas sus formas, ya sea
terrestre, marítimo, fluvial, de todo tipo de carga, mercadería, personas y animales, por cuenta
propia o ajena, en vehículos o camiones propios o de terceros, como también la recepción y
despacho de los mismos. e) La comercialización, venta, distribución y tratamiento de agua
purificada; f) La comercialización, venta, distribución, almacenaje, exportación e importación de
artículos de ferretería, quincallería, artículos de madera, fierros, materiales eléctricos y de
construcción, tanto en el país como en el extranjero; g) Tienda bazar y paquetería, librería; h)
Comercialización, compraventa, distribución, importación, exportación, y arriendo de todo tipo
de maquinarias, servicios y de sistemas relacionados con los objetos sociales antes mencionados;
i) Dar y tomar en arrendamiento, por cuenta propia o ajena, cabañas, casas, locales comerciales,
galpones y bodegas. j) Prestación de servicios de robótica submarina. k) y, en general, todos
aquellos negocios relacionados con los expresados anteriormente y que acuerden los socios.-
Administración y uso razón social: corresponderá a JOSE ARMENIO DIAZ DIAZ y doña
SANDRA ELIZABETH NAVARRO SANHUEZA, quienes actuando separada o conjuntamente
en nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la obligarán y representará en
todos los actos y negocios que celebren por ella Capital: $6.000.000, que socios aportan siguiente
manera: A) JOSE ARMENIO DIAZ DIAZ $3.000.000, que entera y paga en dinero efectivo,
ingresados a caja social; B) SANDRA ELIZABETH NAVARRO SANHUEZA $3.000.000 que
entera y paga en dinero efectivo, ingresados a caja social. RESPONSABILIDAD: Socios limitan
responsabilidad hasta la concurrencia monto respectivos aportes. Utilidades y pérdidas serán
repartidas en partes iguales. Duración: 5 años contados fecha constitución, prorrogables tácita y
automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Sin perjuicio, si alguno de los socios deseara
terminarla, deberá manifestar voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita
margen inscripción extracto escritura social en Registro de Comercio correspondiente; con
anticipación mínima 6 meses a la fecha en que desee ponerle término.- Domicilio: calle Adán
Bustamante esquina esmeralda, de la ciudad y comuna de Quellón, comuna de Quellón, sin
perjuicio sucursales o agencias resto del país o extranjero.- Demás cláusulas constan en escritura
extractada. Quellón, a 11 de julio de 2.023.

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