SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA - 19 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857430687

SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA

Fecha de publicación19 Octubre 2020
Número de registroCVE-1832737
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.783
CVE 1832737 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.783 | Lunes 19 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1832737
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN “SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA
LIMITADA.” O “LA COMPAÑÍA LTDA.”JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS,
Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de San Carlos, domiciliada en calle
Ernesto Zúñiga esquina Estado sin número, comuna de Ñiquén, CERTIFICO: Por escritura
pública, de 16 de octubre de 2020, Repertorio 483-2020, ante mí, doña BÁRBARA MARCELA
ENCINA BARRERA, chilena, C.I. 12.477.433-0, Técnico Agrícola, casada en Régimen de
Separación total de bienes, domiciliada en sector Chacay sin número de la Comuna de Ñiquén y
don LUIS CARLOS ARAVENA MERINO, chileno, casado en régimen de separación total de
bienes, técnico en administración agrícola, C.I. 12.546.925-6, domiciliado en sector Chacay sin
número de la Comuna de Ñiquén, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA
LIMITADA.”.- nombre comercial o de fantasía “LA COMPAÑÍA LTDA.”.- OBJETO: a) La
adquisición, arriendo y la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura, frutícola y forestal,
por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la avicultura, apicultura, horticultura, granja,
semilleros, viveros, fruticultura; la cría, invernada; importación, exportación, transformación y
comercialización de productos agrícolas, frutales, ganaderos o forestales; arriendo de maquinaria
agrícola y prestación de servicios de labores agrícolas, forestales, ganaderas y todo otro negocio
o actividad conexa o relacionada, que en la actualidad o en el futuro, diga relación con la
actividad agropecuaria. B) La actividad comercial en todas sus formas, nacional e internacional,
por cuenta propia o de terceros, y particularmente la compra, venta, importación, exportación,
agencia, distribución y consignación, de toda clase de bienes y mercaderías, en especial la
agricultura, frutos del país y o productos derivados del agro, y en general la realización de
cualquier otra actividad comercial, que el constituyente acuerde y diga relación con el objeto de
la sociedad.- c) La explotación de predios agrícolas propios y de terceros y la comercialización
de productos del agro en general.- D) En general, la realización de todos los actos y contratos
destinados a cumplir y perfeccionar el objeto social, así como toda otra actividad lícita que se
relacionen directa o indirectamente con aquel y que los socios acuerden.- DOMICILIO: La
comuna de Ñiquén, sin prejuicio de las sucursales, agencias, oficinas, establecimientos o locales
en otros puntos del país o del extranjero.- LA ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, Y
USO DE LA RAZÓN SOCIAL. Corresponderá exclusivamente a la socia BARBARA
MARCELA ENCINA BARRERA, con las más amplias facultades señaladas en la escritura
social. EL CAPITAL: $15.000.000.- aportados de la siguiente manera: Uno) $5.000.000
aportados por Bárbara Marcela Encina Barrera en dinero en efectivo de contado ingresando
íntegramente en las arcas sociales Y, Dos) $10.000.000, aportados por Luis Carlos Aravena
Merino, en dinero en efectivo de contado ingresando a las arcas sociales.-
RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios queda limitada expresamente al monto
de sus aportes de capital.- UTILIDADES O PERDIDAS. se repartirán entre los socios a prorrata
de sus aportes.- RETIRO DE UTILIDADES. Los socios determinaran de común acuerdo las
cantidades que podrán retirar a cuenta de sus utilidades.- BALANCE. La sociedad practicará
balance al 31 de diciembre de cada año. DURACION: 5 años desde la fecha de la escritura
prorrogables automáticamente periodos iguales, si ningún socio manifestare voluntad ponerle
término mediante escritura pública anotada margen inscripción con 6 meses anticipación
vencimiento plazo primitivo o prorrogado. Demás estipulaciones en la escritura social extractada.
Ñiquén, 16 de octubre de 2020.-

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