SOCIEDAD AYSEN REDES LIMITADA - 5 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 936871399

SOCIEDAD AYSEN REDES LIMITADA

Número de registroCVE-2339202
Fecha de publicación05 Julio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.593
CVE 2339202 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.593 | Miércoles 5 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2339202
EXTRACTO
CRISTIAN CALDERÓN AMESTICA, Abogado y Notario Público de Aysén, con oficio en
calle Bernardo O'Higgins N°605 oficina 101, Puerto Aysén, comuna de Aysén, certifico que: por
escritura pública de 16 de junio de 2023, ante don Juan Rodrigo Williams Williams, notario
público de Aysén, suplente del Titular don Cristian Caldero Améstica, Repertorio 595-2023,
doña URSULA MARGIT VELOSO ORTEGA, empresaria, cédula de identidad número
7.830.729-3; doña JENNY ELIZABETH BÓRQUEZ VELOSO, educadora de párvulos, cédula
de identidad número 13.123.578-K; doña ALEJANDRA NOEMÍ BÓRQUEZ VELOSO,
empleada, cédula de identidad número 13.526.531-4 y don JONATHAN JOSÉ DAVID
BÓRQUEZ VELOSO, empleado, cédula de identidad número 15.302.998-9, todos domiciliados
en calle Pangal 1571 de la comuna y Región de Aysén, constituyeron sociedad de
responsabilidad limitada: Razón o firma social. “SOCIEDAD AYSEN REDES LIMITADA”,
nombre abreviado o de fantasía “AYSEN REDES LTDA.”. Domicilio. La ciudad de Puerto
Aysén, Provincia y Región de Aysén, en comunas que correspondan al territorio jurisdiccional
del Conservador de Bienes Raíces de Aysén, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros
puntos del país o del extranjero. Objeto. Construcción y reparación bienes muebles o inmuebles;
la compra, venta, importación, exportación y arriendo en sus diversas modalidades y respecto de
todo tipo de bienes ya sean de capital o de consumo, muebles o inmuebles; confección,
mantención y reparación de equipos y materiales relativos a la actividad pesquera y acuícola; la
compra, venta, importación, exportación, leasing, administración y arrendamiento en todas sus
clases de todo tipo de embarcaciones; representación, venta y distribución de bienes, productos e
insumos para las actividades detalladas en esta cláusula y administración de inmuebles a
cualquier título necesarios para la realización de actividades especificadas en esta cláusula;
constituir o concurrir a la constitución de toda clase de sociedades, e invertir en ellas, y, en
general, prestar todo tipo de servicios y toda otra actividad semejante o complementaria a los
rubros detallados en esta cláusula, sin perjuicio de cualesquiera otra actividades que acuerden los
socios. Capital. La suma de $1.000.000.- que los socios aportan: URSULA MARGIT VELOSO
ORTEGA aporta $100.000.- entera y paga en dinero efectivo y equivalen a 10% del capital
social; JENNY ELIZABETH BÓRQUEZ VELOSO aporta $300.000.- entera y paga en dinero
efectivo y equivalen a 30% del capital social; ALEJANDRA NOEMÍ BÓRQUEZ VELOSO
aporta $300.000.- entera y paga en dinero efectivo y equivalen a 30% del capital social y
JONATHAN JOSÉ DAVID BÓRQUEZ VELOSO aporta $300.000.- entera y paga en dinero
efectivo y equivalen a 30% del capital social restante. Responsabilidad: Limitada al monto de sus
aportes. Administración y uso razón social: Administración, representación y uso razón o firma
social corresponderá a socia JENNY ELIZABETH BÓRQUEZ VELOSO actuando de manera
conjunta con al menos uno de los restantes socios URSULA MARGIT VELOSO ORTEGA,
doña ALEJANDRA NOEMÍ BÓRQUEZ VELOSO o JONATHAN JOSÉ DAVID BÓRQUEZ
VELOSO, anteponiendo firma social, con todas las facultades legales y señaladas en estatuto.
Duración: 10 años contados desde fecha escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos
de 5 años, salvo declaración de algún socio de poner término al vencimiento respectivo, por
escritura pública inscrita Registro de Comercio con anticipación mínima de 6 meses a respectivo
vencimiento. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Aysén, 03 de julio de 2023.

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