SOCIEDAD AGRÍCOLA Y DE TRANSPORTES VALLE DE LAS FRUTAS LIMITADA - 18 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 909002326

SOCIEDAD AGRÍCOLA Y DE TRANSPORTES VALLE DE LAS FRUTAS LIMITADA

Fecha de publicación18 Agosto 2022
Número de registroCVE-2173007
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.330
CVE 2173007 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.330 | Jueves 18 de Agosto de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2173007
EXTRACTO
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta
Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 292 de esta ciudad, certifica: Que por
escritura pública Repertorio Nº 1.894-2022 de fecha 03 de Agosto del año 2022, ante mí, doña
ANDREA SOLEDAD MARTÍNEZ PEREIRA, domiciliada en Las Amapolas número
doscientos ochenta y nueve, Sidempart, ciudad y comuna de Coquimbo; y don DANIEL
ALEJANDRO RENNEY BALMACEDA, con domicilio en calle Avenida Suecia número
cincuenta y cinco, ciudad y comuna de Coquimbo; constituyeron sociedad responsabilidad
limitada, monto aportes. Domicilio: Coquimbo; Razón social: “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y DE
TRANSPORTES VALLE DE LAS FRUTAS LIMITADA” sin embargo, la compañía podrá
funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “VALLE DE LAS
FRUTAS LTDA.” “Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía,
corresponderá al socio don DANIEL ALEJANDRO RENNEY BALMACEDA y que
anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos
relativos a su objeto o giro ordinario; Objeto: La realización de toda clase de negocios
relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y
exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría
a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar
como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar
inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o
rentas, la explotación y cultivos agrícolas, ganaderos y forestales, por cuenta propia o ajena, de
predios rústicos propios, arrendados o entregados en administración a la sociedad; como también
la venta, permuta, importación, exportación, transformación y comercialización de materias
primas, productos agrícolas, ganaderos o forestales. El transporte de mercaderías y toda clase de
bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a
terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y; todo lo
relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y
transporte de bienes de toda clase. Así como el ejercicio de la actividad comercial en sus formas
más amplias y en especial, la compraventa importación, exportación distribución y
comercialización de toda clase de bienes, sea muebles como inmuebles destinados a la actividad
agrícola, por cuenta propia y ajena, además de todo negocio u operación relacionada directa o
indirectamente en la actualidad o en el futuro con el objeto social, o cualquier otro negocio que
acordaren las partes. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $90.000.000, los que se
enteran y pagan de la siguiente forma: a) Doña ANDREA SOLEDAD MARTÍNEZ PEREIRA,
aporta, en dinero efectivo, la cantidad de $5.000.000, que ingresan en este acto a la caja social; y,
b) Don DANIEL ALEJANDRO RENNEY BALMACEDA, aporta, en dinero efectivo, la
cantidad de $85.000.000, que ingresan en este acto a la caja social; Las utilidades y pérdidas de
la sociedad se distribuirán y soportarán entre los socios en un 5% para doña Andrea Soledad
Martínez Pereira y 95% para don Daniel Alejandro Renney Balmaceda; Duración 5 años desde
fecha escritura extractada, prorrogables de manera señalada en escritura.- Demás estipulaciones
constan en escritura social.- La Serena, 09 de Agosto del año 2022.

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