SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL DON ENRIQUE LIMITADA 77.839.960-1 - 25 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876214840

SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL DON ENRIQUE LIMITADA 77.839.960-1

Fecha de publicación25 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2015814
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.062
CVE 2015814 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.062 | Sábado 25 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2015814
EXTRACTO
ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular 40° Notaría de Santiago, Teatinos
332, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28 de julio de 2021, bajo el
repertorio número 4374/2021, ante mí, doña María Angélica Zaror Zaror, don Matías Patricio
Facuse Zaror, don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, y don Javier Ignacio Facuse Zaror, todos
domiciliados para estos efectos en calle Camino El Alba Nº 9.500, oficina B-420, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y
COMERCIAL DON ENRIQUE LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 1.095,
número 537 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca
correspondiente al año 2002, en los siguientes términos: A) Uno. Se da cuenta de la escritura de
partición parcial de herencia de esta misma fecha, bajo el repertorio número 4371/2021,
mediante la cual se acuerda la adjudicación a doña María Angélica Zaror Zaror del usufructo
vitalicio de la totalidad de la participación de la Sucesión de doña Monica del Carmen Zaror
Zaror en la Sociedad, y la adjudicación de la nuda propiedad de la totalidad de la participación de
la Sucesión de doña Monica del Carmen Zaror Zaror en la Sociedad en partes iguales a don
Matías Patricio Facuse Zaror, don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, y don Javier Ignacio Facuse
Zaror en partes iguales, esto es, un porcentaje ascendente aproximadamente al 1,8% a cada uno.
Dos. Debido a lo anterior, quedan como únicos socios de la Sociedad doña María Angélica Zaror
Zaror, don Matías Patricio Facuse Zaror, don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, y don Javier
Ignacio Facuse Zaror. B) Como consecuencia de las adjudicaciones señaladas precedentemente,
los únicos y actuales socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL DON ENRIQUE
LIMITADA, estos son, doña María Angélica Zaror Zaror, don Matías Patricio Facuse Zaror, don
Rodrigo Enrique Facuse Zaror, y don Javier Ignacio Facuse Zaror, acuerdan modificar el artículo
quinto, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social
es la suma de $747.600.000, que los socios han enterado y pagado con anterioridad a esta fecha
en la siguiente forma y proporción: a) doña María Angélica Zaror Zaror, con la cantidad de
$40.500.000, equivalentes aproximadamente al 5,4% de los derechos sociales en que se divide el
capital de la Sociedad; b) don Matías Patricio Facuse Zaror, con la cantidad de $235.700.000,
equivalentes aproximadamente al 31,5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la
Sociedad, respecto de los cuales, aproximadamente del 1,8% es solo nudo propietario; c) don
Rodrigo Enrique Facuse Zaror, con la cantidad de $235.700.000, equivalentes aproximadamente
al 31,5% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, respecto de los
cuales, aproximadamente del 1,8% es solo nudo propietario; y, d) don Javier Ignacio Facuse
Zaror, con la cantidad de $235.700.000, equivalentes aproximadamente al 31,5% por ciento de
los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, respecto de los cuales,
aproximadamente del 1,8% es solo nudo propietario”. C) Asimismo, los únicos y actuales socios
de SOCIEDAD AGRÍCOLA Y COMERCIAL DON ENRIQUE LIMITADA, estos son, doña
María Angélica Zaror Zaror, don Matías Patricio Facuse Zaror, don Rodrigo Enrique Facuse
Zaror, y don Javier Ignacio Facuse Zaror, acuerdan establecer un nuevo artículo primero
transitorio, el cual será del tenor siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Uno. Se
deja constancia que de parte de los derechos sociales en la Sociedad, que corresponden a don
Matías Patricio Facuse Zaror, don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, y don Javier Ignacio Facuse
Zaror, en adelante como los “Nudos Propietarios”, los cuales ascienden al 5,4% de los derechos
sociales en que se divide el capital social de Sociedad Agrícola y Comercial Don Enrique
Limitada se encuentran gravados con usufructo vitalicio a favor de doña María Angélica Zaror
Zaror, en adelante también como la “Usufructuaria”. Dos. En virtud del testamento de doña
Mónica del Carmen Zaror Zaror, otorgado con fecha 5 de febrero de 2019 en la notaría de
Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ésta constituyó usufructo vitalicio en favor de
doña María Angélica Zaror Zaror sobre aproximadamente el 5,4% de los derechos sociales en
que se dividía el capital social, los cuales eran de su propiedad. Tres. Por medio de la partición

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