SOCIEDAD AGRICOLA, AVICOLA E INMOBILIARIA DON LUIS DE CUNCUMEN LIMITADA - 10 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873348143

SOCIEDAD AGRICOLA, AVICOLA E INMOBILIARIA DON LUIS DE CUNCUMEN LIMITADA

Fecha de publicación10 Abril 2021
Número de registroCVE-1925092
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.926
CVE 1925092 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.926 | Sábado 10 de Abril de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1925092
EXTRACTO
RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, por
escritura pública fecha 01/04/2021, otorgada ante el Notario Suplente de Melipilla don José
Esteban Mellado Ramírez, certifica por escritura pública de fecha de hoy ante mí,
REPERTORIO N°621-2021, comparece: doña LIA ALEJANDRA ARAYA SANTIBAÑEZ,
chilena, soltera, agricultora, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos sesenta y
un mil novecientos setenta y nueve guion tres y doña AGRIPINA DE LAS MERCEDES
SANTIBAÑEZ VALDES, chilena, viuda, factor de comercio, cedula nacional de identidad
número cuatro millones doscientos noventa y dos mil cuatrocientos noventa guion tres, ambos
domiciliados en Fundo El Corazón s, Cuncumen, Comuna de San Antonio, constituyen sociedad
de responsabilidad limitada, quedando bajo los siguientes estatutos: Nombre:- “SOCIEDAD
AGRICOLA, AVICOLA E INMOBILIARIA DON LUIS DE CUNCUMEN LIMITADA”,
pudiendo usar como nombre de fantasía “AGRICOLA DON LUIS LTDA”. DOMICILIO:
ciudad de San Antonio, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que
establezca en el país o en el extranjero. DURACION: La sociedad tendrá una duración de diez
años, renovable tácita y sucesivamente, por igual período.- OBJETO: El objeto de la sociedad
será la explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general.
Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; la
realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria,
frutícula o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena,
servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda
clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y
comercio de productos agrarios; -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o
indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura; la compra, venta,
comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo,
subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o
ajena; la adquisición; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la
actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. En general la sociedad
podrá desarrollar todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con los giros
indicados y que los socios acuerden.- CAPITAL: .- El capital de la sociedad es la suma de cinco
millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) Doña LIA ALEJANDRA ARAYA
SANTIBAÑEZ, aporta, en dominio pleno, en la suma de cuatro millones setecientos cincuenta
mil pesos en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social; y doña AGRIPINA DE LAS
MERCEDES SANTIBAÑEZ VALDES, la suma de doscientos cincuenta mil pesos en dinero
efectivo, ya ingresado en la caja social.- ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: La
administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá
a doña LIA ALEJANDRA ARAYA SANTIBAÑEZ, y /o a doña AGRIPINA DE LAS
MERCEDES SANTIBAÑEZ VALDES, quienes actuando una cualquiera de ellas en forma
indistinta, la representará con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones en escritura
extractada.- Melipilla, 01/04/2021.-

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