Estado social y democrático de derecho
En noviembre de 2019 se inició un inédito proceso constituyente, con una rápida reforma constitucional que permitió un plebiscito con amplia participación y un abismante triunfo por la opción que permitía, después de tantos años, cambiar la Constitución.Nos inundó el optimismo, poder pensar un contrato social, la casa de todos, unir al país.Se hablaba de terminar con el estado subsidiario, subyacente en la Constitución vigente.Pensábamos que esa mayoría que se manifestó también lo era para plasmar, en el nuevo texto, que Chile será un estado social y democrático de derecho.Pero, sometido a votación, el pleno de la Convención lo rechaza. ¿Y quiénes votan en contra? Sin causar sorpresa, la derecha. Pero también constituyentes de la Lista del Pueblo y de pueblos originarios.!Esto sí que sorprende¡Y más aún los fundamentos, de redacción, incorporar el concepto de garante.¿Qué más garantía que consagrarlo expresamente?Acaso "el estado subsidiario" está en un artículo constitucional? No.Está implícito e irradia sus efectos a lo largo del articulado vigente. Sorpresa y decepción.Porque en medio de las discusiones creíamos que ese concepto de estado social y democrático de derecho era transversal. Muchas constituciones lo consagran, en particular, aquellas de Estados que miramos como referentes en cuanto a la protección social.Aún puede reponerse y mejorar su redacción. Pero el punto es que esa intransigencia es la que molesta. Que faltaran 3 votos, que...
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