Decisión nº C2009-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544587986

Decisión nº C2009-13, de Consejo de Transparencia de 5 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C2009-13

Entidad pública: Municipalidad de Puente Alto.

Requirente: Simón González Rioseco.

Ingreso Consejo: 15.11.2013.

En sesión ordinaria N° 501 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de febrero de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2009-13.

VISTO:

Los artículos inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285, N° 19.880 y N° 19.628; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653 del año 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 25 de septiembre de 2013, don Simón González Rioseco solicitó a la Municipalidad de Puente Alto la siguiente información:

a) “Copia de todos los informes estudios antecedentes o documentos que contengan los fundamentos que motivaron y/o justificaron la celebración del contrato de permuta de la plaza pública, ubicada en la intersección de las calles Ignacio Domeyko con Irarrázaval por el terreno de propiedad de la sociedad Inversiones Don Francis Limitada ubicado en calle Luis Matte Larraín ambos de la comuna de Puente Alto;

b) Copia del permiso de edificación de las obras actualmente en ejecución en el terreno que correspondía a la plaza pública ubicada en la intersección de las calles Ignacio Domeyko con Irarrázaval de la comuna de Puente Alto;

c) Copia del contrato de permuta celebrado entre la Municipalidad de Puente Alto y la sociedad de Inversiones Don Francis Limitada o quien haya sido el dueño y vendedor del terreno ubicado en calle Luis Matte Larraín y cuya realización habría sido aprobado por el Consejo Municipal, según indica certificado N° 196-C de fecha 06/10/2011;

d) Copia íntegra del Acta de la sesión ordinaria N° 29 del Consejo Municipal de Puente Alto, de fecha 06 de Noviembre 2011 en la que se aprobó la celebración del contrato de permuta de los terrenos antes aludidos. Hace presente que el acta que se encuentra disponible en la página web de la municipalidad se encuentra incompleta toda vez que entre otras materias se señala textualmente que Ambas propiedades tienen valores comerciales similares toda vez que ambas tienen un valor de M$, sin indicar monto alguno; y,

e) Copia de todo documento o antecedente que se tuvo en vista para determinar que ambos terrenos permutados tienen valores comerciales similares, teniendo en especial consideración que el terreno que era de propiedad de la I. Municipalidad proviene de una subdivisión aprobada según se indica en el mismo texto por Resolución N° 67 del 22 de septiembre de 2011 esto es una semana antes de este último acuerdo y por tanto de reciente creación como terreno independiente”.

2) PRÓRROGA Y RESPUESTA: Por Ordinario N° 779, de 22 de octubre de 2013, la Municipalidad de Puente Alto comunicó al solicitante la prórroga del plazo para responder la solicitud. Argumentó que la solicitud requiere del análisis de datos de forma específica, por lo que existe dificultad para reunir la información requerida.

A través de acta de entrega de información, de fecha 11 de noviembre de 2013, remitida al solicitante con misma fecha, el Jefe del Departamento de Atención al Vecino de ese Municipio comunicó lo siguiente en respuesta a la solicitud de acceso:

a) Basado en los descargos formulados por el municipio mediante oficio N° 796, de 29 de...

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