SIERRA ESPERANZA SpA - 19 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 882829146

SIERRA ESPERANZA SpA

Fecha de publicación19 Enero 2022
Número de registroCVE-2073816
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.156
CVE 2073816 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.156 | Miércoles 19 de Enero de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2073816
EXTRACTO
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la 27°
Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, Certifico: por
escritura pública de fecha 5 de enero de 2022, repertorio N°168/2022, ante María Fernanda De
los Santos Ferraz, suplente de la titular María Patricia Donoso Gomien, APC – HAURA SpA,
debidamente representada por Hans Peter Krisam Radefeldt y Julio Enrique Náray de la Fuente,
todos con domicilio en Avenida Américo Vespucio Norte 2.500 oficina 001, Vitacura, Región
Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: SIERRA
ESPERANZA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) la promoción, desarrollo
tramitación, gestión, diseño, ingeniería, construcción, reparación, operación, mantenimiento y
explotación de proyectos de generación, de transmisión, y/o distribución de energía eléctrica; (b)
generar, distribuir, transmitir, almacenar, comprar y vender energía eléctrica, hidráulica, térmica
o calórica o de cualquier otra naturaleza, y efectuar operaciones o actividades en el campo
energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista
un uso extensivo de ella; (c) la comercialización de atributos asociados a la generación de
energías renovables no convencionales; (d) la planificación, desarrollo, operación y explotación
de todo tipo de actividades y negocios relacionados con el rubro eléctrico y energético en
general, bajo todas sus formas y modalidades; (e) la extracción, explotación y comercialización
de toda clase de recursos energéticos primarios; (f) obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar
y explotar en cualquier forma bienes inmuebles, así como las concesiones a que se refiere la Ley
General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para
conservar, promover o desarrollar los fines de la sociedad; (g) la participación en todo tipo de
proyectos y obras públicas o privadas, bajo cualquier modalidad o régimen, sea participando
directamente en los mismos o bien a través de la inversión en otras sociedades, comunidades,
asociaciones, consorcios o similares; (h) la prestación de toda clase de servicios y asesorías
técnicas, profesionales e industriales en las áreas de la energía e ingeniería, y la realización de
todo tipo de estudios e investigaciones relacionadas con el negocio eléctrico y energético en
general; e (i) en general, cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria
para el cumplimiento del objeto social, sin limitación alguna, dentro del país o en el extranjero.
La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena
o por medio de otras sociedades que forme al efecto o participe, pudiendo tener incluso la calidad
de gestora. Capital y Acciones: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, todas
nominativas y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito por APC – HAURA SpA,
quien se obliga a pagarlo al contado y en dinero en efectivo dentro de un año contado desde la
fecha de la escritura de constitución de la sociedad. Artículo Segundo Transitorio: Poder
especial. Se confiere poder especial a Carlos Luis Brito Claissac, Marcelo Francisco Arnoldo
Banto Christen, Julio Enrique Náray de la Fuente, Pablo Gabriel Luhrs Raggio, y Juan Carlos
Acuña Inostroza, para que uno cualquiera de ellos, actuando en forma individual represente a la
sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos y la municipalidad correspondiente, en toda
clase de procedimientos, trámites, gestiones o actuaciones, con todas las facultades que se
indican en la escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago,
12 de enero de 2022.

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