SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES SpA 77.257.385-5 - 6 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917276611

SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES SpA 77.257.385-5

Fecha de publicación06 Enero 2023
Número de registroCVE-2248408
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.444
CVE 2248408 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.444 | Viernes 6 de Enero de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2248408
EXTRACTO
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima
Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por
escritura pública de fecha 12 de Diciembre de 2022, otorgada ante mi Suplente don José
Leonardo Brusi Muñoz, don BRAYAN EDGAR VASQUEZ GARRIDO,chileno,
soltero,abogado, C.I. 17.650.133-2, domiciliado en Rodrigo de Triana N° 4312, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con
su respectiva cédula, expone, que en su calidad de único accionista de la compañía SERVICIOS
Y TELECOMUNICACIONES SpA, nombre de fantasía TELSERVICE SpA, RUT N°
77.257.385-5, manifiesta su intención de dividir la mencionada sociedad, específicamente el
capital de esta, creando 2 nuevas sociedad, y subsistiendo la sociedad primitiva, división que se
efectuara en distintos porcentajes, reasignando la participación social de la persona que
constituye y formará parte de estas, quedando la sociedad primitiva con un 30% del capital de la
compañía, y las dos nuevas sociedades, con un porcentaje del 35 % cada una del capital de la
compañía primitiva. Las nuevas sociedades por acciones que nacen a consecuencia de la presente
división, y conforme a lo que establece el legislador, estarán formadas por don BRAYAN
EDGAR VÁSQUEZ GARRIDO, teniendo la primera de estas, la razón social de “AGRÍCOLA E
INVERSIONES OASIS SpA”, o indistintamente “OASIS SpA.”y la segunda de ellas
“INVERSIONES RIO AMARGO SpA”, o indistintamente “RIO AMARGO SpA.”.-
ESTATUTOS DE LAS NUEVAS SOCIEDADES QUE NACEN PRODUCTO DE LA
DIVISIÓN DE SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES SpA: La sociedad “AGRÍCOLA E
INVERSIONES OASIS SpA”,o indistintamente “OASIS SpA.”, que nace de esta división, se
regirá por los siguientes estatutos:TITULO PRIMERO: CONSTITUCIÓN, NOMBRE,
DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. Artículo Primero: Se constituye una sociedad por
acciones que se regirá por las estipulaciones del presente estatuto y por las disposiciones
contenidas en el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio. Sólo en
silencio del estatuto social y de las disposiciones del párrafo VIII del Título VII del Libro II del
Código de Comercio, la sociedad se regirá supletoriamente y sólo en aquello que no se
contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas
cerradas.-Artículo Segundo: El nombre de la sociedad será “AGRÍCOLA E INVERSIONES
OASIS SpA”, o indistintamente “OASIS SpA.”.- Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad
será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del
país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- Artículo Cuarto: El objeto de
la sociedad será: a) la explotación de predios agrícolas y ganaderos, así como la importación,
exportación, transformación y comercialización de productos del agro en general. Podrá
dedicarse a toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro,
con la agricultura y los animales del campo, compra, venta y comercialización de maquinarias,
vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás
insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones; la realización de
toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, ganadera, frutícola
o maderera, la compra, venta y explotación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de
embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a
partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de
productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles,
administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y –en general- cualquier otro negocio, que este
directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionado con la agricultura, la
producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que
acordaren los socios; b) La sociedad también podrá efectuar y desarrollar inversiones o negocios
de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya
sea de bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación,
comercialización o administración, comprendiéndose sin que la enumeración sea taxativa, el
desarrollo de proyectos inmobiliarios, la inversión en tecnologías, efectos de comercio, valores
mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras
hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, ya sea

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