Servicios e Inversiones Cobarsa Limitada 76.270.206-1 - 30 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868301037

Servicios e Inversiones Cobarsa Limitada 76.270.206-1

Fecha de publicación30 Abril 2021
Número de registroCVE-1936015
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.943
CVE 1936015 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.943 | Viernes 30 de Abril de 2021 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 1936015
EXTRACTO
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la
42° Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N°
1070, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública
otorgada ante el titular, con fecha 26 de marzo de 2021, comparecieron: doña MARCELA
BEATRIZ BARBERIS GRAU; doña MARÍA BEATRIZ SANTIBÁÑEZ BARBERIS; don
RODRIGO MANUEL SANTIBÁÑEZ BARBERIS y doña ISABEL MARGARITA
SANTIBÁÑEZ BARBERIS, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Bicentenario N°
4063, departamento N° 42D, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; los referidos en su
calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “Servicios e Inversiones Cobarsa Limitada”
inscrita a fojas 579 N° 382 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de
Rancagua del año 2013 acordaron modificar los estatutos de la sociedad según expresaron: A)
Acordaron modificar y reemplazar la Cláusula Cuarta de los estatutos sociales relativo a la
administración, reemplazándola, por el del siguiente tenor, que quedará de la siguiente forma:
Cuarto: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá y podrá ser
ejercida individualmente por el socio constituyente don RODRIGO MANUEL SANTIBÁÑEZ
BARBERIS; o conjuntamente por dos cualquiera de los socios constituyentes doña Marcela
Beatriz Barberis Grau, doña María Beatriz Santibáñez Barberis y doña Isabel Margarita
Santibáñez Barberis, todos quienes actuando de la manera antes dicha, y anteponiendo a sus
firmas la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su
objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades, y en especial y sin que la enunciación
que sigue sea taxativa, los apoderados podrán: : Uno) Adquirir y enajenar, comprar y vender,
permutar, ceder, dar y recibir en dominio y/o, leasing, administración, concesión, comodato,
usufructo, o cualquier otro título, sobre toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o
incorporales, acciones, bonos y demás valores mobiliarios, fijando a estos precios, cabidas y
deslindes, formas de pago y demás condiciones o convenciones propias de la compraventa o que
a los respectivos contratos correspondan y formar en ellos, todas las declaraciones que estime
procedentes, incluso de carácter accidental; renunciar a la acción resolutoria, otorgar mandatos
especiales, suscribir cartas de instrucciones, otorgar poder para rectificar escrituras, facultar al
portador para inscribir y en general para efectuar todo tipo de declaraciones y estipulaciones que
digan relación con los contratos; Dos) Celebrar contratos de transacción, aún respecto de cosa no
disputada, incluso inmuebles, ya sea ésta judicial o extrajudicial; Tres) Constituir y aceptar
servidumbres activas o pasivas, conceder quitas o esperas; Cuatro) Solicitar para la sociedad
concesiones administrativas de cualquier naturaleza y objeto; manifestar, pedir, y constituir
concesiones mineras, y ampararla, deducir oposiciones y, en general ejercer y hacer valer todos
los derechos y acciones que establecen el Código de Minería de Chile y su reglamento y demás
disposiciones aplicables a la minería. Comprar y adquirir a cualquier título concesiones mineras
o parte o cuotas de ellas; Cinco) Adquirir, enajenar e inscribir derechos de propiedad intelectual,
industrial, nombres comerciales, marcas comerciales, modelos y diseños industriales, patentar
inventos, deducir oposiciones o solicitarlas, y en general, efectuar todas las tramitaciones y
actuaciones que sean procedentes en esta materia; Seis) Dar y recibir bienes inmuebles,
incluyendo derechos de agua, en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, de
obligaciones propias, posponer hipotecas constituidas a favor de la sociedad; Siete) Dar y recibir
en prenda, con o sin desplazamiento, bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y
demás cosas corporales o incorporales y cancelarlas; Ocho) Caucionar y aceptar cauciones
respecto de cualquier clase de obligaciones, sean civiles, naturales, mercantiles, tributarias o de
cualquier otra naturaleza, con garantías reales o personales y aceptar toda clase de garantías en
favor de la sociedad; Nueve) Celebrar, modificar, dar cumplimiento y poner término a cualquier
contrato o subcontrato, sean nominados o innominados; celebrar y ejecutar todos los actos y
contratos civiles, mercantiles o de cualquier otro orden que se requiera, y que la administración

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