SERVICIOS Y COMPRAVENTA OSCORP SpA - 7 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1005379566

SERVICIOS Y COMPRAVENTA OSCORP SpA

Número de registroCVE-2450342
Fecha de publicación07 Febrero 2024
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.770
CVE 2450342 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.770 | Miércoles 7 de Febrero de 2024 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2450342
EXTRACTO
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular de la Sexta Notaría
de Concepción, con oficio en calle Colo – Colo 304, Concepción, certifica que por escritura
pública de fecha 01 Febrero 2024, REPERTORIO N°282/2024, ante mí: don JORGE ARIEL
ARAVENA VEGA, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula
nacional de identidad número doce millones trescientos veintinueve mil seiscientos trece guion
tres, Corredor de Seguros, domiciliado en Los Lirios número ochenta, departamento número
doscientos uno, Pedro de Valdivia Sur, comuna de San Pedro de la Paz, doña CAMILA
IGNACIA ARAVENA QUIROZ, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número veinte
millones doscientos cincuenta y ocho mil ciento sesenta y dos guion cinco, Ingeniera Civil
Industrial, domiciliada en calle Ongolmo número treinta y uno, departamento número doscientos
dos, comuna de Concepción; y don DAVID ALEJANDRO ESPINOZA MUÑOZ, chileno,
casado bajo el régimen de separación total de bienes, Abogado, cédula nacional de identidad
número quince millones quinientos noventa y siete mil novecientos guion tres, con domicilio en
Avenida San Juan Bosco, número mil ochocientos veintiocho, departamento número treinta y
dos, comuna de Concepción. Don JORGE ARIEL ARAVENA VEGA, en su calidad de único
accionista de la sociedad “SERVICIOS Y COMPRAVENTA OSCORP SpA” u “OSCORP
SpA”, transforma la referida sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada,
cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y
reformando sus Estatutos, la que se denominará "CONSULTORA OSCORP LIMITADA",
cuyos estatutos cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: “CONSULTORA
OSCORP LIMITADA”. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será: UNO: la prestación de
servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la
profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los
anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios
acuerden. DOS: la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter
comercial, económico, financiero y técnico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de
los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios
acuerden. TRES: la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias,
financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de
sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación;
efectuar selección de personal para terceros; efectuar consultorías y tomar la representación de
otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. Podrá realizar cualquier otro acto o negocio
lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u
otros que los socios acuerden. CUATRO: la explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con
la actividad frutícola; instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y planteles
frutales; la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y
árboles frutales; la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas
herramientas, herramientas, maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados
con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas;
compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones; y cosechas; la
cosecha para terceros y el procesamiento de packing y exportación; y todo lo relacionado, en la
actualidad, con la producción e industrialización de la fruta; o que lo esté en el futuro; y
cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una
consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. CINCO: La realización de toda
clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la
compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje,
packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa
producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos
agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR