SERVICIOS AEREOS HIGH FLY LIMITADA 76.037.212-9 - 8 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857439880

SERVICIOS AEREOS HIGH FLY LIMITADA 76.037.212-9

Fecha de publicación08 Octubre 2020
Número de registroCVE-1827739
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.775
CVE 1827739 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.775 | Jueves 8 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1827739
EXTRACTO
Humberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Huérfanos N° 835,
2º piso, certifica: por escritura pública de fecha 14 de Agosto de 2020, ante mí, señores Leonardo
Hernán Alvarez Rojas; Pablo Ariel Ponchione, ambos calle Millantú Nº 0581, comuna de Puente
Alto, Región Metropolitana; Sociedad de Inversiones Nueva Huechuraba Limitada, del giro de
su denominación; Inversiones Olivia SpA, del giro de su nombre; e Inmobiliaria e Inversiones
Gaga SpA, del giro de su denominación, todos para estos efectos, Avenida Presidente Eduardo
Frei Montalva Nº 16.644, Lampa, Región Metropolitana, modificaron sociedad “SERVICIOS
AEREOS HIGH FLY LIMITADA”, inscrita a fs. 133 Nº 127 Registro Comercio Puente Alto,
año 2008. Por la que extracto, se retira de sociedad Leonardo Hernán Alvarez Rojas, quien
vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos que corresponden al 52,5% del capital social, a
Sociedad de Inversiones Nueva Huechuraba Limitada y a Inversiones Olivia SpA, quienes los
compran y adquieren para sí, en un 45% y en un 7,5%, respectivamente, ingresando las
cesionarias como nuevas socias. Asimismo, también se retira de sociedad Pablo Ariel Ponchione,
quien vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos que corresponden 47,5% del capital
social, a Inversiones Olivia SpA y a Inmobiliaria e Inversiones Gaga SpA, quienes los compran y
adquieren para sí, en un 37,5% y en un 10%, respectivamente, ingresando también la segunda
cesionaria como nueva socia. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos y actuales
socios, Sociedad de Inversiones Nueva Huechuraba Limitada, Inversiones Olivia SpA e
Inmobiliaria e Inversiones Gaga SpA, quienes acuerdan modificar: 1) Artículo cuarto, relativo al
capital, por siguiente extractado: “Cuarto: Capital: $2.000.000 que socios aportan y enteran en
este acto, al contado y en dinero efectivo, siguiente porcentaje: a) Sociedad de Inversiones Nueva
Huechuraba Limitada $900.000, equivalentes al 45% de los derechos sociales; b) Inversiones
Olivia SpA $900.000, equivalentes al 45% de los derechos sociales; y, c) Inmobiliaria e
Inversiones Gaga SpA $200.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales.”; 2) Artículo
sexto, relativo a la administración, en el que se designan Apoderados Clase A a señores Juan
Eduardo Spoerer de la Sotta, José Miguel Peña Caravés y Luis Alberto Gana Arteaga, Clase B a
señores Raúl Jorge López Guerra, Ricardo Esteban León Fontova y Gonzalo Andrés Camus
Moller, Clase C a señores Hans Angelo Zapata Friz, Pablo Cesari Urbina, Ricardo Esteban León
Fontova y Luis Alberto Gana Arteaga y Clase D a señores Juan Eduardo Spoerer de la Sotta,
José Miguel Peña Caravés, Raúl Jorge López Guerra, Ricardo Esteban León Fontova, Luis
Alberto Gana Arteaga, Hans Angelo Zapata Friz, Gonzalo Andrés Camus Moller y Marcela
Alejandra Olivares Pérez. La forma de actuar de los apoderados será la siguiente: 1)
Individualmente e indistintamente uno cualesquiera de los apoderados Clase A conjuntamente
con uno cualesquiera de los apoderados Clase B o actuando conjuntamente dos apoderados Clase
A; 2) Conjuntamente dos apoderados Clase B con limitación que se señala en escritura que
extracto; 3) Individualmente en facultades señaladas en escritura los apoderados Clase C; y, 4)
Individualmente en facultades señaladas en escritura los apoderados Clase D; y, 3) Modificar el
domicilio de la sociedad, el que será Santiago, Región Metropolitana.”. En todo lo no modificado
se mantiene vigente pacto social. Santiago, 25 de Agosto de 2020. Humberto Quezada Moreno.
Notario Público.

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