Decisión nº C1392-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Junio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650458193

Decisión nº C1392-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Junio de 2016

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016

DECISIÓN AMPARO ROL C1392-16

Entidad pública:Superintendencia de Educación Escolar

Requirente: Sergio Avendaño

Ingreso Consejo: 28.04.2016

En sesión ordinaria N° 715 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de junio de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1392-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 31 de marzo de 2016, don Sergio Avendaño solicitó a la Superintendencia de Educación Escolar lo siguiente:

a) Solicita copia de la resolución por medio de la cual doña Gema Ahumada, asigna a doña Jeannette Lara, funcionaria de la Superintendencia de Educación, la tramitación de denuncia efectuada en contra del colegio Nueva España y que da origen a acta N° 151304397, de 7 de septiembre de 2015;

b) Solicita copia de la resolución en la cual consta el nombramiento y descripción de funciones de doña Gema Ahumada, como coordinadora técnica de la unidad de fiscalización.

2) RESPUESTA: El 27 de abril de 2016, en virtud de ordinario 10DJ N° 00242, de misma fecha, de la encargada de transparencia de la Superintendencia de Educación, el órgano da respuesta al requerimiento de información señalando que, se estima que la información solicitada tiene el carácter de pública y que a su respecto no concurre causal de secreto alguna, que justifique la denegación de la misma. Se accede a la entrega de la siguiente información: Para los efectos de Ley SAC N° 20.529, el personal de la Superintendencia habilitado como fiscalizador tiene el carácter de ministro de fe respecto de todas las actuaciones que realice en el ejercicio de sus funciones y que consten en el acta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR