Decreto núm. 1104, publicado el 05 de Septiembre de 1969. ESTABLECE DIVISION GEOECONOMICA DEL PAIS - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497617894

Decreto núm. 1104, publicado el 05 de Septiembre de 1969. ESTABLECE DIVISION GEOECONOMICA DEL PAIS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE DIVISION GEOECONOMICA DEL PAIS

Santiago, 19 de Agosto de 1969.- S. E. el Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:

Núm. 1.104.- Vistos:

Las disposiciones pertinentes de la ley N° 16.635 y lo dispuesto en el artículo 72, N° 2, de la Constitución Política del Estado, y

Considerando:

Que la aplicación del plan, nacional de desarrollo exige que los distintos Servicios de la Administración del Estado adecúen su estructura y funcionamiento a una división geoeconómica del país que responda a la realidad económica y social del mismo;

Que la Oficina de Planificación Nacional se encuentra elaborando programas de desarrollo regional que obedecen a un criterio de regionalización del territorio puesto en vigencia por circular de S. E. el Presidente de la República de fecha 2 de Enero de 1966;

Que la división geoeconómica antes indicada y que por el presente decreto se establece, obedece a criterios sociales, económicos, técnicos, espaciales y administrativos que facilitarán el proceso de desconcentración administrativa y que agilizarán el funcionamiento de los Servicios del Estado a nivel regional, y

Que la división geoeconómica que se establece en el presente decreto ha sido recomendada al Supremo Gobierno por la Comisión Especial de Racionalización de la Administración Civil del Estado creada por decreto número 821, de 1965, del Ministerio del Interior; modificado por decreto N° 1.766, de 1967, del mismo Ministerio,

Decreto:

  1. - Establécese la siguiente división geoeconómica del país:

    _________________________________________________

    Región Provincia

    _________________________________________________

    I Tarapacá.

    II Antofagasta.

    III Atacama - Coquimbo.

    IV Valparaíso - Aconcagua.

    V O'Higgins - Colchagua.

    VI Curicó - Talca -

    Linares - Maule.

    VII Ñuble - Concepción

    – Arauco- Bío-Bío y Malleco.

    VIII Cautín.

    IX Valdivia - Osorno.

    Llanquihue - Chiloé

    – Aysen

    X

    XI Magallanes.

    Zona Metropolitana Santiago Santiago.

    _________________________________________________

  2. - Los Servicios de la Administración del Estado que en el futuro se regionalicen o modifiquen su actual estructura regional, deberán ajustarse a la división...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR