Sentencia nº R 28-2020 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2021-10-28 - Jurisprudencia - VLEX 878095326

Sentencia nº R 28-2020 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2021-10-28

Fecha28 Octubre 2021
PartesInversiones Panguipulli SpA con Superintendencia del Medio Ambiente
EmisorTercer Tribunal Ambiental (Zona Sur)
REPÚBLICA DE CHILE
TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL
Valdivia, veintiocho de octubre de dos mil veintiuno.
VISTOS:
1. A fs. 1 y ss., el 11 de septiembre de 2020, compareció el
abogado Sr. S.S.E.D.B., actuando
en representación de INVERSIONES PANGUIPULLI SpA, sociedad
del giro de su denominación, R.N...6., ambos con
domicilio en calle Rosario Norte Nº 555, oficina Nº 802,
comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante
“la Reclamante”, e interpuso reclamación del art. 17 Nº 3
de la Ley Nº 20.600, contra la Res. Ex. Nº 1310, de 31 de
julio de 2020, dictada por la Superintendencia del Medio
Ambiente (SMA), que resolvió procedimiento sancionatorio
seguido contra la Reclamante aplicando la sanción de multa
de trescientas cincuenta y una unidades tributarias anuales
(351 UTA), relativa al hecho infraccional consistente en
la ejecución, sin contar con una Resolución de Calificación
Ambiental, de un proyecto de desarrollo urbano que
contempla obras de edificación con destino habitacional,
con una cantidad superior a 80 viviendas, infracción
establecida en el artículo 35 letra b) del Artículo Segundo
de la Ley 20.417, que crea la Superintendencia del Medio
Ambiente y establece su ley orgánica (LOSMA), resolución
que además requirió a la Reclamante, bajo apercibimiento
de sanción, ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) el proyecto inmobiliario B.
.
P. -en adelante “El Proyecto”-, de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 3°, letra i), de la LOSMA.
2. La compareciente solicitó acoger el reclamo en todas sus
partes y que se declare la nulidad de la Resolución Exenta
Nº 1310, de 31 de julio de 2020, que sancionó a Inversiones
Panguipulli SpA, ordenando a la Administración la dictación
del acto que en derecho corresponda, con costas (fs. 51).
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dos mil ochocientos cincuenta y cuatro
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I...A. del acto administrativo reclamado
3. En lo que interesa respecto del expediente de procedimiento
sancionatorio de la SMA Rol D-110-2018, consta en autos:
a) A fs. 257, formulación de cargos a Inversiones
Panguipulli SpA, en Res. Ex. Nº 1, de 27 de noviembre
de 2018;
b) A fs. 291, Actualización Plan de Acción Zona de Interés
Turístico Panguipulli; a fs. 336, O.. D.E. Nº
130844/2013 con minuta técnica conceptos “áreas
colocadas bajo protección oficial” y “áreas
protegidas”; a fs. 344 Plan Regulador Comunal (PRC) de
Panguipulli, memoria explicativa (fs. 349), estudio de
factibilidad de agua potable y alcantarillado (fs.
388), modificación al PRC (fs. 408); a fs. 412,
formulario de denuncias, con denuncia del Sr. V...
.
A.C.C., de 2 de febrero de 2018;
c) A fs. 430 Informe Técnico de Fiscalización Ambiental
DFZ-2018-964-XIV-SRCA-IA, con anexos, incluyendo Acta
de Inspección Ambiental de 22 y 23 de febrero de 2018
(fs. 460, 468), y copia de la misma denuncia (fs. 474);
d) A fs. 803, Res. Ex. MZS Nº 006, de 26 de febrero de
2018, que requiere información que indica al titular,
y también, con la misma fecha, a la Capitanía de Puerto
Lago Panguipulli (fs. 817), CONAF (fs. 818), SAG Los
Ríos (fs. 819), Dirección de Obras Municipales de
Panguipulli (fs. 820), con el fin de recabar
información sobre el otorgamiento de permisos
sectoriales. La respuesta del SAG consta a fs. 822,
con tres solicitudes de subdivisiones prediales a
nombre del Titular; a fs. 833, respuesta de la DOM
Panguipulli, con permisos de edificación; a fs. 873
respuesta de la Autoridad Marítima, con permiso de
escasa importancia, sin concesiones marítimas; a fs.
879, respuesta de CONAF informando sobre permisos
sectoriales.
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e) A fs. 489, presentación de Inversiones Panguipulli SpA,
de 8 de marzo de 2018, que entrega la información
requerida por la resolución Res. Ex. MZS Nº 006,
precedentemente referida. La presentación incluye
minuta explicativa del Proyecto (fs. 498), copia de
inscripciones conservatorias (fs. 540 y ss.),
solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas y
publicación en el Diario Oficial (fs. 590 y 591),
solicitud de prestación de servicios y certificado
subdivisión Nº 143 del Servicio Agrícola Ganadero
Panguipulli (fs. 592 y 594), planes de manejo de corta
y reforestación de bosque nativo para ejecutar obras
civiles con resoluciones aprobatorias de CONAF (fs.
596 y ss.), permisos de edificación (fs. 659 y ss.),
solicitud de permiso de escasa importancia ante la
Autoridad Marítima (fs. 698), personería (fs. 700),
planos (fs. 712 y ss.), casos ante el SEA citados en
memoria explicativa (fs. 718), antecedentes sobre
distintas Zonas de Interés Turístico (fs. 755 y ss.)
f) A fs. 881 y ss., afiches publicitarios proyecto B...
.
P. y normativa interna del mismo (fs. 899).
g) A fs. 902, O.. DSC Nº 40, de 31 de mayo de 2018,
dirigido al Director Ejecutivo del SEA, solicitando
pronunciamiento sobre si el Proyecto requiere el
ingreso al SEIA.
h) A fs. 910, O.. D.E. Nº 181336/2018, de 14 de
septiembre de 2018, en respuesta al O.. precedente,
en virtud del cual no se verificarían las
especificaciones de conjuntos habitacionales ni de
equipamiento que describen los sub literales g.1.1) y
g.1.2) del art. 3º RSEIA, y que con los antecedentes
tenidos a la vista el Proyecto no es susceptible de
causar impacto ambiental, dado que sus obras y acciones
no se contraponen con el objeto de protección de la
ZOIT asociada a los elementos naturales que atraen
flujos de visitantes.
F. 2856
dos mil ochocientos cincuenta y seis

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