Sentencia nº R-1-2013 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2014-01-14 - Jurisprudencia - VLEX 820113581

Sentencia nº R-1-2013 de Tercer Tribunal Ambiental (Zona Sur). 2014-01-14

Fecha14 Enero 2014
PartesAgrícola Ancali Limitada con Superintendencia del Medio Ambiente
Tipo de procesoReclamación
EmisorTercer Tribunal Ambiental (Zona Sur)
V., a catorce de enero de dos mil catorce.
VISTOS:
PRIMERO:
Que con fecha 18 de diciembre de 2013, a fojas 1 de autos, comparece el
abogado don R.D.R.M., en representación de Agrícola Ancalí
Limitada, ambos domiciliados en Rancho R.M. Ruta 5 Sur Km 521, S.C.P.,
Los Ángeles; quien interpone reclamación en contra de la Resolución Exenta N°
1269, de fecha 15 de noviembre de 2013, de la Superintendencia del Medio
Ambiente, en adelante SMA, por la que ésta resuelve el recurso de reposición
interpuesto por su representada en contra de la Resolución N° 1051, dictada en
procedimiento administrativo sancionatorio Rol F-009-2013. La reclamación fue
presentada ante el Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, y remitida por éste al
Tercer Tribunal Ambiental, de conformidad a la regla establecida en el artículo 20
de la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, y los dispuesto en el punto
QUINTO del Acta de Sesión Extraordinaria N° 1, de 9 de octubre de 2013, de este
mismo Tribunal.
SEGUNDO: Que a fojas 15 de autos, este Tribunal solicitó a la reclamante la
acreditación, dentro de quinto día, de la fecha de recepción en la oficina de correos
que correspondiera, de la carta certificada que le notificó la Resolución Exenta N°
1296 de la SMA; no acreditándose por aquélla lo solicitado dentro del plazo
conferido para ello.
TERCERO: Que a fojas 27, con fecha 7 de enero de 2014, comparece don J.C..
.
.M.F., Superintendente del Medio Ambiente, en representación
de la Superintendencia del Medio Ambiente, ambos domiciliados para estos efectos
en Miraflores N° 178, piso 7, de la comuna de Santiago; solicitando que se declare
inadmisible el reclamo de ilegalidad, toda vez que, a su juicio, éste fue interpuesto
fuera de plazo. En la misma presentación solicita que se tengan por acompañados
los documentos que la fundan, con citación de la contraria.
CUARTO: Que a fojas 30, con fecha 8 de enero de 2014, se agrega la presentación de
la SMA a los antecedentes y se tienen por acompañados los documentos, venciendo
el plazo de citación el día 11 de enero del presente año, sin que la reclamante se haya
opuesto o formulado observaciones.
CONSIDERANDO:
PRIMERO:
Que, con el fin de determinar la admisibilidad de la reclamación, este
Tribunal, a fojas 15, ordenó a la reclamante que acreditara la fecha de recepción por
la oficina de correos de la carta certificada con que se le notificó la resolución
reclamada. No obstante no haber cumplido la reclamante con lo ordenado, este
Tribunal tomó conocimiento de aquella certificación mediante el documento
acompañado por la SMA a fojas 27, el cual no fue objetado en cuanto a su
autenticidad o falta de integridad por la reclamante dentro de plazo de citación.
SEGUNDO: Que, como antecedente para el examen de adniisibffidad, este Tribunal
ha tenido a la vista la presentación de la Superintendencia del Medio Ambiente de
u
Fojas 31
treinta y uno

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