Sentencia Nº 68/2008 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532557

Sentencia Nº 68/2008 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Número de sentencia68/2008
Fecha18 Junio 2008
Número de expedienteC 142-07
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
SENTENCIA Nº68/2008
Santiago, dieciocho de junio de dos mil ocho.
VISTOS:
1. A fojas 60, con fecha 16 de agosto de 2007, Comercial e Importadora Audio
Música S.A. (en adelante A.M.), presentó demanda en contra don A...
.
L.C., por supuestos actos atentatorios contra la libre competencia,
fundando su acción en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho:
1.1. Señala Audio Música que es una sociedad comercial cuyo objeto es
comercializar toda clase de artículos musicales y electrónicos, como también
parlantes y accesorios de los mismos, teniendo entre sus clientes a importantes
empresas de venta directa al consumidor, además de clientes menores en la
mayoría de las regiones del país.
Agrega que dentro de las actividades propias de su giro, adquiere en el extranjero
artículos musicales de diversas marcas y usos, incluyendo marcas de reconocido
prestigio internacional, desplegando todas las acciones necesarias para adquirir
productos originales de sus legítimos fabricantes o de terceros comercializadores
autorizados por los mismos, con el fin de proporcionar productos de la más alta
calidad y confiabilidad al consumidor.
1.2. Señala a continuación, que en el contexto de las negociaciones ordinarias
de su giro, desde el año 1999, ha adquirido parlantes y sus accesorios de la
empresa norteamericana Eminence Speaker Corporation, con la marca comercial
EMINENCE, que corresponden a artículos originales de dicha marca que son
producidos en Estados Unidos de América.
Sin embargo, con fecha 18 de enero de 2006, don A.L..C., interpuso
ante el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, demanda de indemnización de
daños y perjuicios de acuerdo con la Ley Nº 19.039 de Propiedad Industrial, por la
comercialización de productos con marca EMINENCE.
Lo anterior, en opinión de la demandante, constituye un acto atentatorio contra la
libre competencia, que no tiene otro objeto que intentar impedir la comercialización
de productos importados legítimamente por Audio Música, agregando que le llama

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