Sentencia Nº 25/2005 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Jurisprudencia - VLEX 738532597

Sentencia Nº 25/2005 de Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Número de sentencia25/2005
Fecha03 Agosto 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Libre Competencia (Chile)
REPUBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
1
SENTENCIA Nº 25/2005.
Santiago, tres de agosto de dos mil cinco.
VISTOS:
1.- Informe de la FNE:
Esta causa se inició con el informe de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) a la
H. Comisión Preventiva Central, en adelante también CPC, de fecha 12 de mayo
de 2004, y que rola a fojas 1, en el que indica que don H.S.
.
I., comercializador de aparatos telefónicos, repuestos y accesorios en la
ciudad de Arica, interpuso una denuncia en contra de ENTEL PCS
Telecomunicaciones S.A. (Entel PCS) o por prácticas que implicarían restricciones
a la libre competencia en el mercado de la telefonía móvil, consistentes en el
bloqueo de la tarjeta SIM (o SIM Card, Subscriber Identity Module Card), con que
operan los aparatos que comercializa esta compañía, impidiendo su utilización en
otros aparatos telefónicos.
Señala en su denuncia que en septiembre de 2002 vendió a un par de marinos
filipinos Tarjetas SIM de ENTEL PCS, las que fueron insertadas en equipos
móviles de propiedad de los compradores para su utilización. Sin embargo, debió
anular la venta porque al llamar a ENTEL PCS para cargar el tráfico prepagado,
una grabación informó que el chip que está utilizando no corresponde al equipo
“ALO PCS” del pack adquirido. Las condiciones comerciales incorporadas en el
envase de “ALO PCS” indican que el tráfico incorporado en la tarjeta SIM está
programado para ser usado, exclusivamente, por medio del teléfono incluido en el
empaque.
ENTEL PCS ha justificado su proceder ante la FNE señalando que el bloqueo de
la tarjeta SIM es una medida de protección legítima para evitar el comercio
separado del tráfico gratuito, promocional, entregado junto al paquete de prepago
por una parte y del aparato telefónico, por la otra, medida que, en su versión,
estaría avalada por la Resolución N° 661 de la H. Comisión Resolutiva.
El Informe analiza el mercado de la telefonía móvil señalando que, según
información de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (S.), para fines del
año 2003 es posible estimar en más de 7 millones los abonados a la telefonía
móvil, lo que conlleva una penetración de más de un 40%. Esto en un contexto de

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