Sentencia nº 197301-2023 de Corte Suprema - CUARTA, MIXTA, 28-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980813056

Sentencia nº 197301-2023 de Corte Suprema - CUARTA, MIXTA, 28-09-2023

Fecha de sentencia28 Septiembre 2023
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Rit197301-2023
Año2023
Tribunal de Origen1º Juzgado de Familia Santiago
PartesANONIMIZADO

S., veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del
Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en elfondo deducido por la parte demandada y demandante reconvencional en contrade la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó lade primera instancia que acogió la demanda principal de alimentos y los reguló enla suma equivalente a 2,64086 unidades tributarias mensuales, desestimó la decuidado personal deducida por el padre, fijando un régimen de relación directa yregular con la niña, y condicionando, tanto el cuidado personal, como el régimende relación directa y regular, a que ambos padres se mantengan en una terapia deapoyo, que no podrá ser inferior a seis meses, desde que se inicie la intervención,con la finalidad de reforzar sus habilidades parentales, que aprendan a colocar losintereses de su hija por sobre los personales y, en especial, que trabajen lacapacidad de vincularse entre ellos, en una coparentalidad sana con el otroprogenitor.
Segundo: Que el recurrente denuncia infracción a los artículos 36, 50, 77de la Ley 21.430 y 18 de la Ley 21.302, porque en el procedimiento seevidencian una serie de irregularidades y malas prácticas por parte deprofesionales del Poder Judicial y de organismos colaboradores de mejor niñez,que lo han afectado gravemente y también a la niña , revictimizándolos ygenerando un proceso judicial estéril que ha mantenido a la niña“hiperjudicializada.” Precisa que lo anterior se inicia con un proceso proteccionalpor denuncia de presunta transgresión de la niña en la esfera de su sexualidad; yque no obstante los informes favorables de habilidades parentales del padre, losórganos colaboradores y la judicatura han apoyado a la demandante en susacciones de desvincularla de la niña .
Denuncia que en “… el marco de los procesos judiciales por la guarda ycustodia de la hija de mi representado, así como en los procedimientos de medidade protección llevados a cabo en tribunales de familia y Centros de Medidas
Cautelares, su hija ha sido víctima de un maltrato predeterminado, grave ysistemático que utiliza técnicas de coerción psicológica o persuasión coercitiva.
Esta situación tiene como objetivo pervertir su derecho fundamental a serescuchada y se inicia con su separación injustificada del cuidado de su padre, sinningún fundamento válido. Esta acción la aleja abruptamente...

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