Senado aprueba prohibir reparto de utilidades en empresas acogidas a protección del empleo - 6 de Mayo de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 844404449

Senado aprueba prohibir reparto de utilidades en empresas acogidas a protección del empleo

Por 25 votos a favor, dos en contra y ocho abstenciones, el Senado ayer respaldó el informe de la comisión mixta que zanjó las discrepancias respecto del proyecto de ley corta que perfecciona la Ley de Protección del Empleo.El debate estuvo marcado por el respaldo a la propuesta que levantó la oposición, de prohibir la distribución total de dividendos en compañías que hayan suspendido contractualmente a sus trabajadores, cuyas remuneraciones ahora son pagadas por el seguro de cesantía. La polémica disposición cobró fuerza luego que la semana pasada Cencosud, que controla Paris -empresa que se acogió a la Ley de Protección del Empleo -, informara de reparto de dividendos del 80% de las utilidades a sus accionistas, muy por sobre el mínimo legal. El hecho recibió críticas transversales, incluso del Gobierno.El apoyo de los senadores a esa propuesta vino antecedido de una intensa discusión en la comisión mixta de Trabajo, que luego de tres sesiones dedicadas al tema, ayer lo zanjó.El Ejecutivo se sumó a la discusión y presentó una indicación, proponiendo que las empresas que se acojan a la ley y que estén organizadas como sociedades anónimas abiertas, no podrán, durante el tiempo en que presenten contratos de trabajo suspendidos y en la medida que representen un porcentaje igual o superior al 10% de su planilla consolidada de trabajadores, repartir dividendos entre sus accionistas por sobre el mínimo legal de 30%, por el ejercicio del año tributario correspondiente al cual se aplicó la suspensión.Debido a que la idea no convenció a la comisión, Hacienda ingresó otra indicación que planteó la prohibición total de reparto de utilidades. Luego, redujo el porcentaje de la planilla de trabajadores de 10% a 5%. Y, además, la idea del Gobierno era que fuera solo para sociedades anónimas abiertas.Pese a los esfuerzos del Ejecutivo, la instancia bicameral rechazó la enmienda y optó por aprobar una propuesta de la diputada Gael Yeomans (CS), que apunta a que todas las empresas organizadas como sociedades anónimas que se acojan a la ley, o que sean parte de un grupo empresarial, en que alguna de las entidades de dicho grupo se acogió a la suspensión, no podrán repartir dividendos a sus accionistas durante el ejercicio comercial en que la empresa o una de las entidades del grupo tengan contratos de trabajo suspendidos.Se mantuvo que no podrán acogerse a la Ley de Protección del Empleo las empresas controladas por sociedades que mantengan capitales o...

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