Seguridad social en la Constitución: un acuerdo viable - 4 de Agosto de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 940536671

Seguridad social en la Constitución: un acuerdo viable

Uno de los aspectos positivos de la discusión constitucional es que ha permitido cuestionar el mito acerca del principio de subsidiariedad como eje del modelo neoliberal, contrapuesto a la noción de Estado social de derechos. Ambos conceptos no solo son compatibles, sino que su convivencia es positiva en términos del bien común.La idea de subsidiariedad proviene de la doctrina social de la Iglesia y se basa en la primacía de la persona sobre el Estado, que aplica también a los cuerpos intermedios. Este principio no impide que en la Constitución quede explícitamente establecido el derecho a la seguridad social, como de hecho ocurre en nuestra Constitución hace casi un siglo. Distinto es que se establezca además el modo específico en que ese derecho se hará cumplir, porque eso es materia de políticas públicas, que pueden ser cambiantes de acuerdo con las circunstancias. La discusión constitucional de derechos sociales aplicada a materias controversiales, como pensiones y salud, tiene un componente bastante artificial, y lo que requerimos es ponernos de acuerdo en cuál es la mejor política pública para implementar ese derecho, lo que en términos generales debe quedar abierto en las disposiciones constitucionales.De todas formas, la discusión sobre seguridad social está actualmente muy "pensionisada", no por un problema constitucional, sino porque la política pública en esta materia tiene déficits muy claros, principalmente por no hacerse cargo de la mayor expectativa de vida y del problema de la informalidad. Estos déficits no se deben a una supuesta "privatización del sistema previsional", y de hecho, existen otros aspectos de la seguridad social, con mayor o menor rol del Estado y los privados, en que las soluciones de política pública no generan mayor controversia. Pensemos en el seguro de cesantía, salud laboral, maternidad, crédito social, y otros beneficios de seguridad social que existen en Chile para los trabajadores formales, con elevada participación privada en su provisión, normados y regulados por el Estado. ¿Alguien plantea por ejemplo que debemos estatizar la salud laboral o el crédito social?Efectivamente, las soluciones de política pública en cada caso difieren, y situaciones como la cesantía o los...

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