Seguimiento al informe final 591-2018 auditoria al proceso de recaudación - Doctrina Administrativa - VLEX 909052502

Seguimiento al informe final 591-2018 auditoria al proceso de recaudación

Fecha22 Septiembre 2021
Número de informe591/2018
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

INFORMES VINCULADOS
Número Tipo Nombre
591/2018 Informe Final de Auditoría INFORME FINAL N°591-2018 POLLA CHILENA BENEFICENCIA AUDITORIA AL PROCESO DE RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS-JUNIO 2019
OBJETIVO

Mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR y las cartas sin número de 12 de septiembre de 2019 y 6 de enero de
2020, la Empresa Polla Chilena de Beneficencia S.A. -PCHB S.A. o Polla S.A.-, informa las medidas adoptadas y remite antecedentes tendientes a subsanar las observaciones contenidas en el Informe Final Nº 591, de 2018, sobre auditoría al proceso de recaudación de los ingresos de explotación, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, desde las agencias o puntos de venta a la entidad auditada, remitido a dicho servicio por el oficio Nº 17.424, de 27 de junio de 2019.

CONCLUSIONES

I. Observaciones que se subsanan

Acápite I, Aspectos de Control Interno, numeral 4, Carencia de política interna relativa al periodo de reinversión de los premios del juego Loto no cobrados y caducados (C). De los antecedentes anexados en su respuesta por Polla S.A., se examinaron los manuales de Inversión Publicitaria, de Contabilidad y de Control de Premios Prescritos Loto, el cual entró en vigencia en el mes de agosto de 2019, que dispone como objetivo "establecer métodos y responsabilidades en la asignación de financiamiento proveniente de premios prescritos del juego Loto, a la inversión publicitaria y premios especiales", agregando que los prescritos de otros juegos al no estar supeditados al decreto supremo Nº 542, de 2011 del Ministerio de Hacienda, se reconocen inmediatamente, de acuerdo a las normas internacionales de contabilidad, en los resultados que generan con abono a un menor costo de premios.
Señalado lo anterior, y considerando que la empresa confeccionó y formalizó el procedimiento de control respecto del empleo de los fondos de premios prescrito, tal como fue requerido en ocasión del informe final corresponde subsanar lo observado, sin perjuicio de ello la aplicación de este procedimiento debe tener en cuenta la modificación dictada por Decreto Supremo Nº 577, de 2021.

Acápite I, Aspectos de Control Interno, numeral 5, Falta de información respecto de la composición del saldo de la cuenta "Premios por Pagar (C): De los antecedentes proporcionados, se acompañó un documento correspondiente a la apertura de la cuenta "Premios por Pagar", la cual desagrega a nivel de detalle la composición del saldo de la cuenta en cuestión, para los juegos Loto...

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