Decisión nº C1407-17, de Consejo de Transparencia de 12 de Septiembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699289481

Decisión nº C1407-17, de Consejo de Transparencia de 12 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C1407-17

Entidad pública: Superintendencia de Pensiones (SP).

Requirente: Sebastián Latropa.

Ingreso Consejo: 25.04.2017.

En sesión ordinaria N° 831 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de septiembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C1407-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 30 de marzo de 2017, don Sebastián Latropa, solicitó a la Superintendencia de Pensiones, la siguiente información: "Nómina actualizada al día de la respuesta a esta solicitud, de afiliados fallecidos con saldo en sus cuentas individuales informadas por las AFP a este servicio que hayan tenido domicilio en la XII región".

2) RESPUESTA: Por medio de oficio N° 8959, de fecha 24 de abril de 2017, el órgano señaló, en síntesis, lo siguiente:

a) La Superintendencia cuenta con un buscador en el link https://www.spensiones.cl/apps/fcs/fcs.php, que contiene una base de datos respecto de los fallecidos con saldo en las cuentas individuales. Dicha base, dispone de información de los afiliados fallecidos entre el 1° de mayo de 1981 y el 31 de diciembre de 2011, que mantienen sus saldos, sin haberse pagado como pensiones de sobrevivencia ni otorgado en calidad de herencia. Dicha información es actualizada por las AFP una vez al año, respecto de esas mismas personas, estando actualizada hoy al 31 de diciembre de 2016. Por ello, si se desea saber si una cuenta individual de un afiliado fallecido hasta el 31 de diciembre de 2011, cuenta con recursos, debe ingresar el RUT o los apellidos de la persona fallecida y el sistema le informará si existe registro, en qué AFP se encuentra la cuenta, para que el interesado concurra directamente a la Administradora a obtener mayor información.

b) Dicho sistema no cuenta con la información de la región del país correspondiente al domicilio del afiliado fallecido.

c) De acuerdo a las restricciones que impone la legislación vigente relativa a la privacidad del nombre y número de RUT de los afiliados, la única información disponible en estas Superintendencia y que es posible de entregar es la cantidad total de ellos...

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