Scotiabank Chile - Muñoz - 15 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1016614605

Scotiabank Chile - Muñoz

Número de registroCVE-2451040
Fecha de publicación15 Febrero 2024
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.777
CVE 2451040 |Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.777 | Jueves 15 de Febrero de 2024 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2451040
NOTIFICACIÓN
3º Juzgado Civil de San Miguel, por resolución judicial de fecha 28 de diciembre de 2023,
dictada en los autos caratulados “Scotiabank Chile S.A./Muñoz”, causa rol C-263-2021, se ha
ordenado notificar demanda ejecutiva de desposeimiento y requerir de desposeimiento por avisos
a María Elena Muñoz Candia y a Michelle Stella Henríquez Morales, demanda del siguiente
tenor: Luis Felipe Abogabir Said, abogado, en representación de Scotiabank Chile, sociedad
anónima bancaria, RUT N° 97.018.000-1, cuyo Gerente General don Diego Patricio Masola,
sucesor y continuador legal de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado
Scotiabank Azul, ambos domiciliados en Avenida Costanera Sur N° 2710, Torre A, Comuna de
Las Condes, Región Metropolitana, de conformidad a lo estipulado en los artículos 759 y
siguientes del Código de Procedimiento Civil, vengo en interponer Demanda Ejecutiva de
Desposeimiento, en contra de doña María Elena Muñoz Candia, factor de comercio, con
domicilio conocido en Calle Esmeralda N° 643, comuna de Iquique; y doña Michelle Stella
Henríquez Moralez, factor de comercio, con domicilio conocidos en Calle Arturo Prat N° 149,
comuna de Arica: Mi representado, Scotiabank Chile, continuador y sucesor legal del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, es acreedor de don Aquiles Bolívar Ruiz Guzmán; según da
cuenta de ello, la sentencia de remplazo dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de
Santiago, y cuyo cúmplase ha recaído en los autos seguidos ante el 30° Juzgado Civil de
Santiago, causa rol caratulada “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile contra Ruiz” Rol
C-18.637-2012. Dicho procedimiento tuvo como antecedente la demanda el mutuo otorgado al
demandado señor Ruiz Guzmán, con fecha 2 de octubre de 2003 por la suma equivalente en
pesos en moneda de curso legal a 2.070,99 Unidades de Fomento por concepto de capital que
éste se obligó a pagar, más la suma equivalente en pesos moneda de curso legal de 2.020,75
Unidades de Fomento por concepto de intereses. A contar de la fecha de entrega (o aplicación del
dinero al mutuo que se entregó), la suma adeudada -según acordaron las partes- devengaría
intereses a la tasa del 7,95000% anual. Se acordó entre las partes, que la obligación en capital e
intereses, debía pagarse en pagarse en 240 cuotas sucesivas, por un monto de 17,05 Unidades de
Fomento por cada una de las cuotas 1 a 239 ambas inclusive, y por un monto de 16,79 Unidades
de Fomento, la cuota número 240 y última; con vencimiento la primera de ellas, el día 2 de
noviembre de 2003, y las restantes los días 2 de los meses siguientes. Esta operación de crédito
de dinero o mutuo, se materializó mediante el crédito que fue signado con el N°
0504-0035-77-9600228046, efectuada con la misma fecha antes indicada. Se estipuló asimismo
que en caso de mora o simple retardo en pago del referido pagaré, el total de la obligación que
estuviere pendiente devengaría desde el día de la mora o simple retardo y hasta la fecha de su
completo y efectivo pago, el interés corriente que corresponda según el monto y plazo original de
este pagaré, vigente a la fecha de suscripción más una 50%, o bien la que tuviere vigencia
durante el tiempo de la mora o simple retardo, en sus distintas etapas, más un 50%, si esta última
fuere superior a la primera. Es del caso SS. que la parte deudora dejó de pagar la cuota con
vencimiento en el mes de noviembre de 2008 y las siguientes, razón por la cual, de acuerdo a lo
pactado, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile hoy Scotiabank Chile, demandó la suma de
1.946,30 Unidades de Fomento, más los intereses penales ya descritos hasta la fecha del pago
efectivo de lo adeudado. Sin perjuicio de lo anterior, la sentencia de primera instancia de fecha
12 de enero de 2018, rechazó la demanda principal interpuesta por el Banco por lo cual, fueron
interpuestos sendos recursos de casación y apelación contra aquella. Así, y previa vista de la
causa, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 12 de agosto de 2019, dictó
sentencia de remplazo la cual, en su parte resolutiva, dispuso: I. Que se rechaza recurso de
casación deducido en el primer otrosí de la presentación de fojas 352 (recurso interpuesto por
esta parte ante la sentencia de fecha 12 de enero del año 2018 dictada por el tribunal a quo) II.
Que se revoca la sentencia de fecha 12 de enero de 2018, escrita a fojas 332 y siguientes (del
procedimiento singularizado más arriba) y en su lugar se decidió: 1.- Que se acoge parcialmente

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR