SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA 76.029.978-2 - 26 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 883594838

SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA 76.029.978-2

Fecha de publicación26 Enero 2022
Número de registroCVE-2077174
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.162
CVE 2077174 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.162 | Miércoles 26 de Enero de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2077174
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría, Huérfanos 1160, subsuelo,
Santiago, certifica que, por escritura pública de hoy 17.01.2022 ante mí: doña ANGELICA
MARIA SANTANDER ORTIZ, chilena, contador auditor, casada, separada totalmente de
bienes, C.I.13.235.323-9, Av. España n° 683, dpto.608, Santiago; don HECTOR GUILLERMO
CASTRO JARA, chileno, publicista, casado, separado totalmente de bienes, C.I. 14.248.130-8,
Av. España n° 683, dpto.608, Santiago, y don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ,
chileno, casado, separado de bienes, contador auditor, Av. El Rodeo n° 1393, casa 100, Lampa,
por escritura Pública de fecha 13-8-2008, otorgada ante la Notaria de don ALBERTO MOZO
AGUILAR, ANGELICA MARIA SANTANDER ORTIZ y HECTOR GUILLERMO CASTRO
JARA constituyeron sociedad comercial de Responsabilidad Limitada denominada
“SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “ADV
PUBLICITARIA OUTDOOR LTDA.” RUT 76.029.978-2. El Extracto de dicha Sociedad de
responsabilidad limitada se publicó en El Diario Oficial con fecha 27-8-2008, ed. 39.148 y se
inscribió a fojas 38.798, Número 26.703, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes
Raíces de Santiago del año 2008. Por el presente acto, doña ANGELICA MARIA
SANTANDER ORTIZ vende cede y transfiere sus derechos sociales a don MARCO ANTONIO
BAEZA GUTIERREZ, quien los adquiere para sí, precio de esta cesión $400.000.-, que el
cesionario paga en este acto en dinero efectivo a la cedente quien lo recibe a su entera
conformidad. Como consecuencia de esta cesión quedan como únicos socios de “SANTANDER
& CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA” don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA y don
MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ. Por el presente instrumento HECTOR
GUILLERMO CASTRO JARA y MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ, únicos socios de
sociedad comercial de Responsabilidad Limitada denominada SANTANDER & CASTRO
PUBLICIDAD LIMITADA” o “ADV PUBLICITARIA OUTDOOR LTDA.”, antes
singularizada, acuerdan modificar la cláusula SEXTA del pacto social: SEXTA: El Capital de la
sociedad es la cantidad de $8.000.000.-, que los socios han aportado y aportan de la siguiente
manera: a) el socio don HECTOR GUILLERMO CASTRO JARA aporta la suma de
$7.600.000.- de los cuales ya ingresó en dinero efectivo a caja social $600.000 y el saldo de
$7.000.000.- lo ingresará en el plazo de 5 años o en la medida que se requiera por las necesidades
sociales y b) el socio don MARCO ANTONIO BAEZA GUTIERREZ aporta la suma de
$400.000.- ya ingresados en dinero efectivo a la caja social. Asimismo, acuerdan transformar la
sociedad “SANTANDER & CASTRO PUBLICIDAD LIMITADA” en una Sociedad por
Acciones – SpA-, Nombre ”INTERMEDIA SpA”, nombre de fantasía “INTERMEDIA OOH
SpA”; Duración. Indefinida. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o
sucursales que el Directorio acuerde establecer en el país o en el extranjero. Objeto. La sociedad
tendrá como objeto: a) PUBLICIDAD: Estudio, creación, diseño, planificación, desarrollo, venta
o comercialización, ejecución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de publicidad o campañas
de publicidad de toda clase, nacional o extranjera, en vía pública o privada y/o por redes sociales
de toda clase u otros medios; b) Compraventa, distribución, construcción, instalación, transporte,
almacenaje, exportación e importación de toda clase de insumos para publicidad, sin que la
enunciación sea taxativa: anuncios publicitarios, carteles, artículos electrónicos, luminarias o
artículos de luminosidad, de toda clase, artículos de video y audio, películas, etcétera;
c)Representación de empresas nacionales o extranjeras en el rubro de la publicidad o de insumos
para tal giro; d) Promocionar y comercializar publicidad de toda clase, por cuenta propia o ajena,
en vía pública o privada. e)Compraventa, arrendamiento, administración, construcción,
instalación, diseño y remodelación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles,
mobiliario urbano de toda clase, señalética vial, refugios peatonales, y toda clase de vehículos o
bienes muebles, para efectos de los giros señalados; f), y en general todo aquello que acuerden
los socios y que diga relación con los giros descritos. El capital de la sociedad asciende a la

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