Resolucion núm. 554 EXENTA, el 18 de Agosto de 2006. DECLARA ZONA DE CONTROL SANITARIO PARA VARROASIS EN EL RUBRO APICOLA A LA XI REGION DE AYSEN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470521974

Resolucion núm. 554 EXENTA, el 18 de Agosto de 2006. DECLARA ZONA DE CONTROL SANITARIO PARA VARROASIS EN EL RUBRO APICOLA A LA XI REGION DE AYSEN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DECLARA ZONA DE CONTROL SANITARIO PARA VARROASIS EN EL RUBRO APICOLA A LA XI REGION DE AYSEN

Núm. 554 exenta.- Coyhaique, 1 de agosto de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 2, 3 letras a), b), d) y j); 8, 9 letra a), 26 y 38 de la ley Nº 18.755, Orgánica del SAG y sus modificaciones; 8 inciso primero y 14 del D.F.L. R.R.A. Nº 16, sobre Sanidad Animal; lo indicado en decreto Nº 3, de 4 de mayo de 1992, que declaró como enfermedad de denuncia obligatoria a enfermedad de las abejas denominada varroasis; la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante resolución Nº 520, de 15 de noviembre de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, y la resolución Nº 104, del 6 de febrero de 2002, del Director Nacional del SAG, que me designó Director Regional en la Región de Aysén.

Considerando:

  1. - Que, entre otras funciones, corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre prevención, control y erradicación de plagas de los vegetales y enfermedades transmisibles de los animales y sancionar su infracción; estando legalmente facultado para dictar las resoluciones necesarias para la consecución de éste y sus demás objetivos.

  2. - Que los antecedentes epidemiológicos recopilados entre el año 2000 y 2005 permiten establecer que en el territorio de la Región de Aysén el agente de la varroasis se encuentra focalizado en las localidades de Chile Chico, Bahía Jara en la Provincia de General Carrera y en las localidades de La Junta y Puerto Raúl Marín Balmaceda, en la Provincia de Aysén.

  3. - Que esta enfermedad se encuentra distribuida muy ampliamente y con altas tasas de presentación en las regiones del centro y sur de Chile.

  4. - Que es interés de la Región, tanto a nivel de autoridad sanitaria como de los apicultores organizados, avanzar en las acciones de protección y mejoramiento de la sanidad apícola para apoyar la competitividad del rubro.

  5. - Que el criterio de zonificación sanitaria es de gran utilidad para mejorar la efectividad del accionar del Servicio en la defensa del patrimonio sanitario nacional y regional.

  6. - Que es prerrogativa del Director Regional del SAG, según lo indicado en el artículo 8º de la ley 18.755 y sus modificaciones, establecer, entre otras medidas obligatorias, la declaración de zonas de control...

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