Sanhueza - Big Full SpA - 15 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 952147332

Sanhueza - Big Full SpA

Número de registroCVE-2401463
Fecha de publicación15 Noviembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.701
CVE 2401463 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.701 | Miércoles 15 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 4
Publicaciones Judiciales
CVE 2401463
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando
causa RIT O-901-2023 RUC 23-4-0491663-7 caratulada “SANHUEZA / BIG FULL S.P.A.”,
que en forma extractada indica: CATALINA ESCARLETTE SANHUEZA VALDIVIA, cédula
nacional de identidad N°20.698.603-4, cajera, con domicilio en Los Boldos 1870, comuna de
San Pedro de la Paz, 2 a S.Sa. digo: En tiempo y forma, de conformidad a lo dispuesto en los
artículos 446 y demás pertinentes del Código del Trabajo, demando en Procedimiento de
Aplicación General, por Despido Improcedente, Nulidad del despido y Cobro de
Indemnizaciones y Prestaciones, a la empresa BIG FULL SPA, RUT 76.353.767-6, del giro
servicio de lavado de vehículos automotores, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos
automotores, venta al por menor en comercios de alimentos, bebidas o tabaco, venta al por
menor de combustibles para vehículos automotores, representada de conformidad a lo dispuesto
en el inciso primero del artículo 4º del Código del por don GONZALO FRANCISCO GALVEZ
BERTIN, cédula nacional de identidad N°10.678.288-1, empresario, o por quien lo represente o
subrogue en virtud de dicha norma, ambos con domicilio en CONCEPCIÓN, PEDRO DE
VALDIVIA 904, y, en contra de la sociedad EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ENEX
S.A., RUT 92.011.000-2, del giro fabricación de gas; distribución de combustibles gaseosos por
tubería, venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, venta al por mayor de
productos químicos, venta al por mayor no especializada, otras actividades de venta al por menor
en comercios no especializados, actividades de consultoría de informática y de gestión de
instalaciones, alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias, compra,
venta y alquiler (excepto amoblados) de inmuebles, otros servicios de ensayos y análisis
técnicos, representada de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4º del
Código del Trabajo por don JUAN EDUARDO LÓPEZ QUINTANA, factor de comercio,
ambos domiciliados en HUECHURABA, AVENIDA DEL CÓNDOR SUR Nº 520, PISO 4°,
CIUDAD EMPRESARIAL, REGIÓN METROPOLITANA, la última es demandada en su
calidad de solidaria o en su defecto subsidiariamente responsable -para el caso que hubiere
ejercido sus derechos legales- de las obligaciones laborales y previsionales de dar que
correspondan a la primera, en virtud de lo que dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo,
que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, en virtud de los antecedentes de hecho y
de derecho que expongo: I.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1.- El 1 de
noviembre del año 2022, fui contratada bajo vínculo de subordinación y dependencia para prestar
servicios como cajera de estación de servicios en local Upa, por 3 la empresa BIG FULL SPA,
desempeñando mis laborales durante la vigencia de mi relación contractual en la Estación de
Servicio Shell, ubicada en Concepción, Pedro de Valdivia N° 904, establecimiento de la sociedad
Empresa Nacional de Energía Enex S.A., persona jurídica con la que mi empleadora tenía un
vínculo contractual. 2.- La jornada de trabajo era de 45 horas semanales, distribuida en turnos.
3.- La remuneración mensual por la que fui contratado para efectos del artículo 172 del Código
del Trabajo ascendía a la suma de $529.166.-. 4.- En cuanto a la naturaleza de mi contrato de
trabajo, este era de duración indefinida. 5.- Durante todo el desarrollo de mi relación laboral
registré un buen desempeño, cumpliendo de forma responsable y eficiente cada una de las tareas
que demandaba mi función. II.- ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN
LABORAL: 1.- El 8 de Marzo de 2023, mi jefe don Gonzalo Gálvez nos reúne en horas de la
mañana a los trabajadores que nos encontrábamos en turno para señalarnos “quebré”,
seguidamente explicándonos que ya no era más el concesionario de la empresa Enex, y, que nos
encontrábamos despedidos desde ese momento, sin darnos razón de alguna causa legal, y mucho
menos nos señaló alguna fecha o montos de nuestros finiquitos. Que, al pasar los días con toda la
inquietud esperé en mi domicilio si llegaba alguna carta de despido, pero no llego, ante esa
inquietud que me dejó en la indefensión, me apersoné en la Inspección del Trabajo de
Concepción para verificar si mi ex empleador habría enviado una copia de la carta de mi despido,

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