Sanciona penalmente las conductas de ciberbullying que indica - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914506557

Sanciona penalmente las conductas de ciberbullying que indica

Fecha21 Julio 2011
Número de Iniciativa7816-04
Fecha de registro21 Julio 2011
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaBurgos Varela, Jorge, Edwards Silva, José Manuel, Hoffmann Opazo, María José, Letelier Aguilar, Cristian, Nogueira Fernández, Claudia, Pérez Lahsen, Leopoldo, Zalaquett Said, Mónica
MateriaBULLYING, SANCIÓN PENAL AL CIBERBULLING, VIOLENCIA ESCOLAR
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Sanciona penalmente las conductas de ciberbullying que indica
Boletín 7816-04




ANTECEDENTES O FUNDAMENTOS.

  1. Durante el último tiempo, hemos sido testigos de cómo la conducta de nuestros niños y adolescentes en el trato con sus pares, ha adoptado facetas de agresividad nunca antes vistas y que, además, se están volviendo cada vez más recurrentes.

Diversos estudios : y casos conocidos a través de los medios de comunicación social, dan cuenta de la situación de violencia al interior de los establecimientos educacionales en nuestro país.

Este fenómeno, conocido como "Bullying" a dado paso a lo que actualmente conocemos como "cyberbullying", precisamente por la figuración mediática, que tiene su origen en el acceso masivo que tienen hoy niños y adolescentes a las tecnologías de la información y a la errónea utilización de las herramientas tecnológicas que tienen a su disposición.

  1. El ciberbullying es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online, principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen, por ello, entendemos que para que estemos en presencia de conductas de ciberbullying tiene que haber menores en ambos extremos del ataque: si hay algún adulto, entonces estamos ante algún otro tipo de ciberacoso.

¡ Entre ellos: Primer estudio nacional de convivencia escolar. Mineduc UNESCO, año

2005; Sentido y sinsentido de la violencia escolar: análisis cualitativo del discurso de estudiantes chilenos. García, M., Año 2005.



Tampoco se trata de adultos que engatusan a menores para encontrarse con ellos fuera de la Red o explotar sus imágenes sexuales. Aunque hay veces en que un/a menor comienza una campaña de ciberbullying que puede acabar implicando a adultos con intenciones sexuales.

3_ Estamos ante un caso de ciberbullying cuando un o una menor atormenta, amenaza, hostigo, humillo o molesta a otro/a mediante Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas y en ese sentido, el ciberbullying se define como acoso entre iguales que incluye actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños.

4_ ¿Por qué es especialmente grave el ciberbullying? El anonimato, la no percepción directa e inmediato del daño causado y la adopción de roles imaginarios en la red convierten al ciberbullying en un grave problema que debe ser abordado con urgencia por nuestras autoridades.

5. Las formas a través de las cuales se manifiesta el ciberbullying son muy variadas y sólo se encuentran limitadas por la pericia tecnológica y la imaginación de los menores acosadores, lo cual es poco esperanzador. Algunos ejemplos concretos podrían ser los siguientes:

  • Colgar en Internet una imagen comprometida (real o efectuada mediante fotomontajes), datos delicados, cosas que pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de relaciones.

  • Dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se trata de votar a la persona más fea, a la menos inteligente... y cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros lugares.

  • Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima, en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales, etc.

  • Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima, de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.

  • Dando de alta la dirección de correo electrónico en determinados sitios para que luego sea víctima de spam, de contactos con desconocidos.

  • Usurpar su clave de correo electrónico para cambiarla, de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar ni leer los mensajes que a su buzón le llegan, violando su intimidad_

  • Provocar a la víctima en servicios web, que cuentan con una persona responsable de vigilar o moderar lo que allí pasa (chats, juegos online, comunidades virtuales), para conseguir una reacción violenta que, una vez denunciada o evidenciada, le suponga la exclusión de quien realmente venía siendo la víctima.

  • Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le suponga un comportamiento reprochable, ofensivo o desleal, de forma que sean otros quienes, sin poner en duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.

  • Enviar menajes amenazantes por e-mail o SMS, perseguir y acechar a la víctima en los lugares de Internet en los que se relaciona de manera habitual provocándole una sensación de completo agobio.

6. A este respecto, el Ministro de Educación, Joaquín Lavín señaló a fines del año 2010, que "Este es un fenómeno que ya en Chile ha alcanzado un grado muy importante. Me preocupa que 8 de cada 100 alumnos digan que van con miedo al colegio porque le tienen miedo a un

compañero o a un grupo de compañeros". El ministro también hizo referencia a un estudio aplicado a 1.365 alumnos entre séptimo y cuarto medio de 32 establecimientos de la Región Metropolitana, el cual reveló que el 9% de ellos declara haber sido víctima de bullying y un 8% de ciberbullying. Entre estos últimos, los medios más comunes para las agresiones son las páginas web diseñadas especialmente con ese fin, seguido del envío de fotos a través del celular y luego los mensajes de texto.

"Hoy día todos tienen acceso a los medios tecnológicos, a grabar en el celular, a mandar mensajes de texto, a abrir páginas web y por tanto hoy día la humillación al joven víctima de bullying se agranda. Cuando uno le pone un sobrenombre hiriente a alguien, no lo saben sólo sus compañeros de curso, sino que lo sabe el colegio completo y lo saben, a través de Internet, todos los amigos y casi la ciudad completa. A eso tenemos que ponerle atajo en Chile, todavía estamos a tiempo'", señaló el Ministro de Educación.

Respecto a la reacción de los estudiantes al enfrentarse o presenciar un hecho de violencia, el 54% de ellos dijo que nadie hace nada. Además, un 25% dijo apoyar o animar a continuar con los hechos de violencia. En relación a estos resultados, el Secretario de Estado dijo que "es alarmante que la gran mayoría de los estudiantes hoy día sean pasivos frente a estas agresiones. Actúan como testigos en esto, eso significa que son cómplices, no hacen nada, se ríen e incluso alientan al agresor. Esas conductas tenemos que erradicarlas de los colegios y de las salas de clases".

7. Si bien concordamos plenamente en la necesidad de educar a los niños, niñas y adolescentes en la correcta utilización de las herramientas tecnológicas de que disponen, de acuerdo a los principios generales que inspiran el proyecto educativo de país, también nos asiste la convicción que se debe buscar la manera de sancionar a todos

aquellos que contribuyen a la difusión o distribución de aquel material que contiene las conductas de maltrato físico y/o verbal que involucre, a lo menos, a un menor de 18 años, o fin de evitar la exacerbación del fenómeno, y mitigar, al menos en parte, sus nefastas consecuencias.

PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY.

En consideración a todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la aprobación de esta Honorable Cámara, el siguiente proyecto de ley:

ARTÍCULO UNICO: Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija...

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