Sanciona abandono de animales domésticos. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914507693

Sanciona abandono de animales domésticos.

Fecha01 Abril 2014
Número de Iniciativa9289-07
Fecha de registro01 Abril 2014
MateriaABANDONO DE ANIMALES
Autor de la iniciativaVan Rysselberghe Herrera, Enrique
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Sanciona el abandono de animales domésticos

Boletín N° 9289-07

ANTECEDENTES

Uno de los problemas más frecuentes de nuestras comunas es la existencia de perros sin dueño que deambulan por las ciudades transmitiendo enfermedades y en ocasiones agrediendo a personas.

Pero que esos animales deambulen por la ciudad es en gran parte responsabilidad de las personas que alguna vez fueron sus dueños y que por distintas razones y medios se deshicieron de ellos abandonándolos.

Hasta el momento es sancionado legalmente el maltrato animal, pero el abandono de mascotas se mantiene si ningún tipo de sanción legal. Esto incentiva a que algunos dueños de animales se deshagan de las crías de sus macotas en vertederos, en lugares alejados de sus comunas o en sencillamente en áreas rurales. Del mismo modo existe el abandono de perros que han sido criados por sus dueños y que son abandonados por representar una molestia.

El efecto concreto es que esos animales sobreviven y deambulan por las ciudades o los campos generando problemas de seguridad y sanitarios que por lo general no son resueltos por las comunas en que ocurren.

Por esta razón es que queremos presentar un proyecto de ley en el que se sancione a la persona que sea sorprendida abandonando a sus mascotas o bien a cualquier animal doméstico que no sea de su propiedad. Los infractores serán castigados con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y una multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales. La pena se incrementará en un grado si el abandono del animal tuviera lugar en una zona rural.

PROYECTO DE LEY

Agréguese los siguientes incisos segundo y tercero al artículo 291 bis que código penal.

" El que abandonaré animales domésticos sean o no de su propiedad o los transportare por cualquier medio para abandonarlos, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales.-

La pena se aumentará en un grado si el abandono del animal se...

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