Sánchez - SMG Ingeniería Sociedad Anónima y otra - 2 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877677505

Sánchez - SMG Ingeniería Sociedad Anónima y otra

Fecha de publicación02 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2024636
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.092
CVE 2024636 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.092 | Martes 2 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 7
Publicaciones Judiciales
CVE 2024636
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, de la ciudad de Antofagasta, en causa
RUC: 21-4-0347021-7, RIT: O-721-2021, caratulado “Sanchez/SMG Ingeniería Sociedad
Anónima (SERVICIOS A LA MINERÍA GLUF LTDA.)”, se ha ordenado notificar y citar al
demandado SMG INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA (SERVICIOS A LA MINERÍA
GLUF LTDA), RUT Nº 77.794.540-8, persona jurídica representada por ALEXIS MARCELO
ARANCIBIA REYES, mediante aviso que deberá ser publicado en el Diario Oficial, conforme
lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la siguiente demanda extractada:
EN LO PRINCIPAL: DEMANDA DE DESPIDO INJUSTIFICADO, INDEBIDO O
IMPROCEDENTE Y COBRO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES; PRIMER
OTROSÍ: ACREDITA PERSONERÍA; SEGUNDO OTROSÍ: TÉNGASE PRESENTE;
TERCER OTROSÍ: PROPONE FORMA DE NOTIFICACIÓN Y TÉNGASE PRESENTE.
S.J.L. DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA. ANA C. ROJAS SANDOVAL, abogado, Cédula
de Identidad Nº15.692.042-8, en representación de don FRANQUI JOSÉ SÁNCHEZ ZAPATA,
Cédula de Identidad Nº 23.889.487-K, colombiano, casado, trabajador, domiciliada en Latorre Nº
2425, de la ciudad de Antofagasta, a US con el debido respeto digo: Que vengo en deducir
DEMANDA DE DESPIDO INJUSTIFICADO, INDEBIDO O IMPROCEDENTE Y COBRO
DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES en procedimiento de aplicación general, en
contra de SMG INGENIERÍA S.A., persona jurídica del giro de su denominación, RUT
77.794.540-8, persona jurídica de derecho privado, representada legalmente por don Alexis
Marcelo Arancibia Reyes, cédula de identidad Nº 11.616.178-8, ambos con domicilio en calle
Castro Nº 5359, de esta ciudad, y además conforme al régimen de subcontratación,
solidariamente en contra de COMPAÑÍA MINERA CERRO COLORADO, persona jurídica del
giro de su denominación, RUT 94.621.000-5, representada legalmente por doña LUCIA
VERÓNICA SÁNCHEZ VARA, cédula de identidad Nº 10.970.282-K, ambos con domicilio en
calle Esmeralda Nº 340, pisos 3 y 4, de la ciudad de Iquique, de conformidad con los siguientes
fundamentos de hecho y de derecho: I. ANTECEDENTES DE HECHO A. Antecedentes
particulares de la relación laboral: 1. Que, con fecha 12 de marzo de 2018, mi representado dio
inicio a relación laboral con la demandada SMG INGENIERÍA S.A. Que si bien la relación
inicio con un contrato a plazo, con fecha 24 de septiembre de 2018 este mutó a uno de carácter
indefinido. 2. Que en cuanto a sus funciones, mi representado se desempañaba en un inicio como
ayudante super suker, para luego pasar a ocupar las funciones de operario aseo industrial. Que
estas funciones eran realizadas en dependencias de la demandada solidaria, Compañía Minera
Cerro Colorado, en la Faena Cerro Colorado, ubicado en la comuna de Pozo Almonte a 120 kms
al Sur Este de la ciudad de Iquique. 3. Que en cuanto a la jornada laboral, esta se encontraba
parcelada por turnos de 7x7, es decir, siete días de trabajo y siete días de descanso, distribuidos
de 08:00 a 20:00 hrs, con una hora de colación. 4. Que en cuanto a la remuneración, para efectos
del artículo 172 del Código del Trabajo, la remuneración es de $956.654. B. Antecedentes del
término laboral: 1. Que con fecha 03 de agosto de 2020, a eso de las 15:00 hrs aproximadamente,
mi representado se encontraba ejerciendo sus funciones, despegando cobre, cuando comenzó a
sentir malestares y mareos, por lo que fue trasladado al Policlínico donde le fueron revisados sus
signos vitales, realizando de forma análoga un PCR, a fin de descartar un posible contagio de
COVID-19.- 2. Que al día siguiente, 04 de agosto de 2020, mi representado no pudo asistir a
realizar sus funciones por continuar con graves malestares. Luego, el 05 de agosto de 2020, fue
trasladado desde Pozo Almonte a Iquique, en estado de inconsciencia. 3. Que dos días después,
mi representado despertó y le informaron que había sufrido un coma diabético, por lo que al
quinto día fue dado de alta, otorgándole licencia, las cuales fueron extendidas hasta el 25 de
octubre de 2020.- 4. Que las referidas licencias fueron tramitadas por correo tal como fue
solicitado por su empleador, las cuales fueron pagadas por la institución de salud FONASA.- 5.
Que siendo el 26 de octubre de 2020, habiendo terminado sus licencias médicas, mi representado

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