Decisión nº C2754-15, de Consejo de Transparencia de 17 de Noviembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631752529

Decisión nº C2754-15, de Consejo de Transparencia de 17 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C2754-15

Entidad pública: Dirección Regional Metropolitana del Instituto de Previsión Social (IPS).

Requirente: Samuel Enrique Mariano Lincoanti.

Ingreso Consejo: 05.11.2015.

En sesión ordinaria N° 663 de su Consejo Directivo, celebrada el 17 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2754-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 14 de octubre de 2015, don Franz Möller Morris, en representación de don Samuel Enrique Mariano Lincoanti, realizó una presentación ante la Dirección Regional Metropolitana del Instituto de Previsión Social, a través de la cual reiteró una solicitud de acceso a la información presentada el 11 de febrero pasado ante el IPS, en la cual requerí certificado de imposiciones desde el año 1968 en adelante y póliza de inscripción de salud, ambos respecto de su representado.

2) Que, el 05 de noviembre de 2015, don Franz Möller Morris, en representación de don Samuel Enrique Mariano Lincoanti, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del IPS, fundado en que no se otorgó respuesta a su requerimiento.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, previamente, cabe señalar que el amparo se dedujo en contra del IPS, sin embargo, de los antecedentes proporcionados por el recurrente consta que la solicitud se presentó ante la Dirección Regional Metropolitana del IPS, por lo que el amparo se tiene por deducido en contra de esta última.

2) Que, de...

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