Salas Martínez Néstor Froilán - Condominio Parque Balmaceda Sur - 1 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921848969

Salas Martínez Néstor Froilán - Condominio Parque Balmaceda Sur

Fecha de publicación01 Febrero 2023
Número de registroCVE-2257405
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.466
CVE 2257405 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.466 | Miércoles 1 de Febrero de 2023 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 2257405
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo y Cobranza Previsional de la ciudad de Calama, en
causa RUC: 22-4-0430074-5, RIT: O-350-2022, caratulada “NESTOR FROILAN SALAS
MARTINEZ CON CONDOMINIO PARQUE BALMACEDA SUR, se ha ordenado notificar y
citar a la demandada CONDOMINIO PARQUE BALMACEDA SUR, RUT 78.875.960-6,
mediante aviso deberá ser publicado en el Diario Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del
Código del Trabajo respecto de la audiencia preparatoria fijada para el día 17 de febrero de 2023,
a las 08:20 horas, en la siguiente demanda extractada: EN LO PRINCIPAL: Demanda
Indemnizaciones y Prestaciones que indica, como consecuencia del Despido. PRIMER OTROSÍ:
Señala forma de notificación; SEGUNDO OTROSÍ: Acredita personería; TERCER OTROSÍ:
Téngase presente; S.J.L. DEL TRABAJO DE CALAMA. MARJORIE ALCAYAGA ROCHA,
Abogada, soltera, chilena, cédula nacional de identidad Nº16.868.288-3, domiciliada en
Sotomayor 1959, oficina 1, de la ciudad de Calama, en representación convencional, según se
acreditará, de don NESTOR FROILAN SALAS MARTINEZ, chileno, casado, conserje, cédula
de identidad Nº8.752.095-1, domiciliado en Huaytiquina Nº1121, ciudad de Calama, para estos
efectos de mi mismo domicilio, a SS., respetuosamente digo: Que, conforme a lo que dispone el
artículo 171 del Código del Trabajo en relación a las reglas del procedimiento de aplicación
general, interpongo demanda de cobro de prestaciones e indemnizaciones en contra de la
CONDOMINIO PARQUE BALMACEDA SUR, persona jurídica, RUT 78.875.960-6,
representada por don CLAUDIO RENATO ARCE CARO, chileno, cédula nacional de identidad
Nº11.712.517-3, ambos domiciliados en avenida Balmaceda Nº950, ciudad de Calama. A efectos
que ésta sea condenada al pago de las indemnizaciones y demás prestaciones que se detallan en
la conclusión del presente libelo. Acción que sustento en las siguientes consideraciones de hecho
y de derecho que fundo del modo siguiente: I.- ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN
LABORAL. 1. Con fecha 1 de abril de 2017, mi representado ingresó a trabajar para la
demandada en el cargo de conserje en las dependencias del Condominio Parque Balmaceda Sur,
firmando en ese momento el correspondiente contrato de trabajo, de plazo fijo por 30 días. Luego
en 01 mayo del año 2017 suscribió un anexo de contrato el que modificaba la duración del
mismo, que sería hasta el 31 de julio del mismo año. En cuanto al contrato con carácter de
indefinido, éste nunca se firmó anexo alguno al respecto, sin perjuicio que siguió trabajando. 2.
Si bien mi mandate fue contratado para ejercer la labor de conserje, con fecha 27 de diciembre
del año 2017, se les obliga a firmar un anexo en el cual se estipulan una serie de nuevas labores
incluso sobrepasando las del cargo propiamente tal, estas labores consistían en: rondas por el
condominio; al ingreso del turno inspección del buen funcionamiento de los equipos de
condominio: informar sobre anomalías en el condominio a la administración, solución de
anomalías si son de carácter simple; mantener portón cerrado; guiar a visitas a que lleguen en
automóvil a estacionamientos permitidos para este fin; asegurarse de que el ingreso por el portón
sea de uso exclusivo de automóviles; resguardo seguridad área común; resguardo
estacionamientos residentes; entrega correspondencia; guiar camión encargado del retiro de la
basura a lugar seguro, para permitir libre tránsito de vehículos, cerrando el portón una vez que el
camión esté dentro del recinto; ayuda a resientes y copropietarios en caso de emergencia y
solicitar apoyo de Carabineros en caso de ser necesario; realizar rondas periódicas en sector de
casa pertenecientes al condominio situadas fuera de éste; ejercer la vigilancia y protección de los
bienes del condominio, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los
mismos; efectuar controles de identidad en el acceso al condominio sin que en ningún caso pueda
retener la documentación personal; evitar ejecución de actos delictivos en sectores pertenecientes
al condominio; recibo y entrega de puestos de trabajo, la entrega y/o recibo del puesto de trabajo
se debe realizar al menos 15 minutos de anticipación al inicio del turno; al recibir y entregar el
puesto se debe hacer recorrido general por el condominio verificando el estado de áreas comunes
y casas, se deben comprobar que estén todos los elementos del puesto, así como el libro de actas

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