Decreto núm. 1 EXENTO, publicado el 24 de Mayo de 1996. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471137822

Decreto núm. 1 EXENTO, publicado el 24 de Mayo de 1996. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Santiago, 17 de Abril de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DL. Nº 799 de 1974, modificado por la Ley Nº 18.267 de 1983 y por el DFL. Nº 12-2345 de 1979, de Interior; el DS. Nº 654 de 1994, del Ministerio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en el Of. Circular Nº 9.277 de 1975, sobre uso y circulación de vehículos estatales; la Resolución Exenta Nº 645 (V. y U.), de 1996; el Ordinario Nº 826 de Marzo 8 de 1996, del Director Serviu VI Región; y,

Teniendo presente:

  1. Que mediante Decreto Exento Nº 113 (V. y U.), de 1991, se autorizó la circulación en días Sábados en la tarde, Domingos y festivos, sin la obligación de llevar pintado el disco fiscal, del vehículo que en dicho decreto se singulariza, asignado al Serviu VI Región; y, b) Que es preciso poner término a las condiciones de uso excepcional de dicho vehículo por cuanto ha sido reemplazado y facultar al nuevo vehículo asignado para que pueda circular en las mismas condiciones, ya que la gestión del Director Serviu Regional -a requerimiento de la Intendencia Regional-, se prolonga más allá del término de la jornada ordinaria de trabajo, incluidos Domingos y festivos; como asimismo, en razón de las labores permanentes de supervigilancia, fiscalización y control que le corresponde realizar a dicha autoridad regional.

D e c r e t o:

  1. - Autorízase la circulación en días Sábados en la

tarde, Domingos y festivos del vehículo que a

continuación se indica, y exímesele de la obligación de

llevar pintado el disco fiscal a que se refiere el

artículo 3º

del DL. Nº 799 de 1974.

Servicio de Vivienda y Urbanización VI Región

Tipo de vehículo: Automóvil Marca: Daewoo Modelo: Espero 2.0 Mec. Z550

Año: 1996

Nº de motor: 116075

Nº de chassis: KLAJF19W1SB748129 Color: Silver stone

I.R.N.V.M.: PB-5932-5

  1. - Pónese término a contar de esta fecha a las condiciones de uso excepcional de acuerdo a los artículos 1º y 3º del DL. Nº 799, de 1974, autorizadas por Decreto Exento Nº 113...

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