Decreto núm. 2 EXENTO, publicado el 05 de Septiembre de 1997. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470960810

Decreto núm. 2 EXENTO, publicado el 05 de Septiembre de 1997. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Santiago, 12 de agosto de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 2 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DL. Nº 799 de 1979, modificado por la Ley Nº 18.267 de 1983 y por el DFL. Nº 12-2345 de 1979, de Interior; el DS. Nº 654 de 1994, del Ministerio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en el Of. Circular Nº 35.593 de 1995, sobre uso y circulación de vehículos estatales; la resolución exenta Nº 1.128 (V. y U.), de 1997; el Reservado Nº 06 de 27 de mayo de 1997, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la IV Región; y, Teniendo Presente: Que la gestión del Secretario Ministerial de la IV Región -a requerimiento de la Intendencia-, se prolonga más allá del término de la jornada ordinaria de trabajo, incluidos sábados, domingos y festivos; como asimismo en razón a las labores permanentes de fiscalización y control que debe desempeñar, es necesario que el vehículo asignado a dicha SEREMI, que se singulariza, pueda circular sin las restricciones y desprovisto del disco distintivo a que se refieren los artículos 1º y 3º del DL. Nº 799 de 1974.

D e c r e t o:

Autorízase la...

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