Decreto núm. 6 EXENTO, publicado el 30 de Septiembre de 1993. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA, PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470840666

Decreto núm. 6 EXENTO, publicado el 30 de Septiembre de 1993. AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA, PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA, PARA CIRCULAR EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Santiago, 9 de Septiembre de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 6 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DL. N° 799 de 1974 modificado por la Ley N° 18.267 de 1983 y por el DFL. N° 12-2345, de 1979, de Interior; el DS. N° 1407 de 1991, del MInisterio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en el Oficio Circular N° 9.277 de 1975, sobre uso y circulación de vehículos estatales; y,

Teniendo presente: Que por la naturaleza de las labores permanentes que le corresponde desarrollar al Departamento de Comunicaciones de esta Secretaría de Estado, es necesario que el vehículo que más adelante se singulariza, pueda circular sin las restricciones y desprovisto del disco distintivo a que se refieren los artículos 1° y 3° del D.L. N° 799 de 1974.

Decreto:

Autorízase la circulación en días Sábados en la tarde, Domingos y Festivos al vehículo que a continuación se singulariza y exímese de la obligación de llevar pintado el disco fiscal a que se refiere el artículo 3° del DL. N°...

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