Decisión nº C2638-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556365262

Decisión nº C2638-14, de Consejo de Transparencia de 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014

DECISIÓN AMPARO ROL C2638-14

Entidad pública: Ministerio de Salud (MINSAL), Hospital Regional de Rancagua y Consejo para la Transparencia.

Requirente: Rubén Catril Alarcón.

Ingreso Consejo: 09.12.2014.

En sesión ordinaria N° 578 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de diciembre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol 2638-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

Que, el 9 de diciembre de 2014, don Rubén Catril Alarcón dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Ministerio de Salud, Hospital Regional de Rancagua y Consejo para la Transparencia, fundado en que "no le deja conforme la decisión Rol C65-14; y C927-14 y C1161-14". Luego de observar extensamente la tramitación de los casos detallados y sus decisiones, resume su presentación señalando que "reafirma" su denuncia del Rol C65-14, específicamente:

a) "Atendido a que en la web del MINSAL, desde que el monto del Sueldo Base de $107.510, que publica para los profesionales funcionarios de 28 horas A.P. de la ley 15.076, pero este monto corresponde al periodo 1 de diciembre de 2011 al 30 de noviembre de 2012, en donde estas cifras anuales se mantienen hasta el presente, porque no se no se han actualizado verdaderamente en este portal en la forma que impone el Consejo para la Transparencia";

b) Considerando que en la web del MINSAL no se publican las rentas que le habrían correspondido a los profesionales funcionarios de 11, 22, 33 y 44 horas semanales de la Ley 15.076, que como rentas ahora se pagan como Planillas Suplementarias...

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