Rossel Medina Carla y otros - Letsbonus Chile SpA y otros - 1 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 870173532

Rossel Medina Carla y otros - Letsbonus Chile SpA y otros

Fecha de publicación01 Julio 2021
Número de registroCVE-1961328
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.991
CVE 1961328 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.991 | Jueves 1 de Julio de 2021 | Página 1 de 15
Publicaciones Judiciales
CVE 1961328
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360
Santiago. En autos RIT O-7757-2020, RUC 20-4-0311241-1 se ha ordenado notificar por avisos
lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: En lo principal: Demanda por nulidad del
despido o sanción del artículo 162 inciso 5º y siguientes del Código del Trabajo, nulidad de
finiquito y cobro de prestaciones laborales; Primer otrosí: En subsidio, demanda cumplimiento
del finiquito. Segundo otrosí: Solicita embargo; Tercer otrosí: Solicita notificación que indica;
Cuarto otrosí: Solicita forma de notificación y solicitud que indica; Quinto otrosí: Acredita
personería; Sexto otrosí: Patrocinio y poder. Esteban Barra Olivares, abogado en representación
de doña CARLA ROSSEL MEDINA, chilena, nutricionista, cédula de identidad número
16.198.193-1; doña NATHALIE VEGA GONZÁLEZ, chilena, desconozco profesión u oficio
cédula nacional de identidad número 16.145.802-3, doña MARÍA JOSÉ MELÉNDEZ
VILLEGAS, chilena, contadora auditora, cédula nacional de identidad número 16.296.641-3,
doña MARÍA PAZ CUEVAS chilena, desconozco profesión u oficio, cédula nacional de
identidad número 18.440.984-4, don NICOLÁS ALFREDO GONZÁLEZ VEGA, chileno,
desconozco profesión u oficio, cédula nacional de identidad número 18.905.510-2, don BORIS
GUERRA IBARRA chileno, publicista, cédula nacional de identidad número 10.926.245-5 y don
EMILIO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ chileno, técnico mecánico, cédula nacional de identidad
número 15.930.694-1; todos domiciliados para estos efectos en Magdalena 140, piso 23, comuna
de Las Condes, de esta ciudad, a S.S. respetuosamente digo: Estando dentro de plazo, interpongo
demanda en procedimiento ordinario por nulidad del despido, nulidad de finiquito y cobro de
prestaciones laborales, en contra de la empresa LETSBONUS CHILE SpA, (en adelante “Lets
Bonus Chile” o “la empleadora”), Rol Único Tributario número 76.132.556-6, la SOCIEDAD
INVERSIONES E INMOBILIARIA PPR SpA (en adelante “PPR SpA”), Rol Único Tributario
77.173.810-9, ambas representadas legalmente por don JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ
GARCÍA, español, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 5.075.603-3, y en
contra de JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ GARCÍA, ya individualizado, todos domiciliados en
Rio Loa, 8635, comuna de Las Condes, Santiago, a fin de que S.S. declare: i) que las
demandadas constituyen una unidad económica y que, en consecuencia, son solidariamente
responsables del cumplimiento de las prestaciones laborales demandadas en esta presentación; ii)
la nulidad del finiquito firmado por las partes; iii) la nulidad del despido, por la nulidad del
finiquito y por aplicación de la sanción correspondiente por la infracción al Artículo 162 incisos
5º a 7º del Código del Trabajo; y iv) que se condene a la demandada al pago de las
indemnizaciones y demás prestaciones que se adeudan, más reajustes e intereses legales que en
derecho correspondan, con expresa y ejemplar condena en costas, en virtud de los antecedentes
de hecho y fundamentos de derecho que expongo a continuación: Los demandados conforman
una unidad económica, constituyendo un mismo y único empleador para todos los efectos
legales, una misma organización funcional para la utilización de los servicios subordinados de
otros, bajo una dirección laboral común y coordinada, con complementarios fines y giros. Las
empresas LetsBonus Chile y PPR SpA, junto con JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ, como persona
natural, constituyen una unidad económica dedicada la primera a la Compra Colectiva. Las
labores que realizaban mis representados en la empresa LetsBonus Chile, eran siempre
supervisadas por don JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ GARCÍA, quien aparte de ser el
representante legal y dueño de ambas empresas, era la cara visible de éstas y quien en la práctica
ejercía todas las facultades propias de empleador. Quien ejercía las funciones de mandato y
dirección siempre fue el Sr. RODRÍGUEZ GARCÍA, a título personal. Así las cosas, no obstante
que formalmente la vinculación laboral solo se refleja con la demandada LetsBonus Chile, en la
realidad, los empleadores eran todos los demandados, pues se configuraban, a su respecto, todos
los elementos esenciales del contrato de trabajo, ya que de manera indistinta se prestaban
servicios personales a uno u otro y se pagaba la remuneración por dichos servicios por uno u

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