Decisión nº C2875-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631753985

Decisión nº C2875-15, de Consejo de Transparencia de 1 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2015

DECISIÓN AMPARO ROL C2875-15

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos (SII).

Requirente: Rodrigo Pérez Arellano.

Ingreso Consejo: 17.11.2015.

En sesión ordinaria N° 666 de su Consejo Directivo, celebrada el 1 de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2875-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 16 de noviembre de 2015, don Rodrigo Pérez Arellano realizó una presentación al Servicio de Impuestos Internos, en la que habría señalado lo siguiente: "Respecto a grandes tiendas, empresas, prestadoras de servicios, etc, etc, como tributan los montos que donan por ejemplo a la TELETON?? En la práctica, que implica que una empresa done 500 millones de pesos a la TELETON: Rebaja su pago de impuestos???, si así fuera, mientras mas done, menos impuesto pagarían ¿?? Favor explicar el tema. Referido a lo mismo, como tributan las empresas las donaciones típicas que se obtienen de los vueltos en los supermercados. Como es el manejo??? Ya que en rigor debieran dar una boleta aparte, detallando la donación realizada y no incluirla en la misma boleta de la tienda o supermercado. Se condice la ley vigente con el manejo que al respecto están haciendo los empresarios???" (sic).

2) Que, el 17 de noviembre pasado, mediante Resolución Exenta LTNot 0009244, de 16 de noviembre de 2015, el SII declaró inadmisible el requerimiento, toda vez que no se solicitó información en los términos de los artículos 5° y 10...

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