Decisión nº C742-18, de Consejo de Transparencia de 13 de Marzo de 2018
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2018 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Orden y Seguridad Interior |
DECISIÓN AMPARO ROL C742-18
Entidad pública: Carabineros de Chile.
Requirente: Roberto Gallardo Canuta.
Ingreso Consejo: 23.02.2018.
En sesión ordinaria N° 875 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de marzo de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C742-18.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 27 de noviembre de 2017, el Sr. Roberto Gallardo Canuta habría realizado una presentación ingresada a la 4ta Comisaría de Carabineros de Chile de Victoria, mediante la cual habría solicitado copia de las sanciones disciplinarias que fueron consideradas en el proceso calificatorio 2017, así como copia de los expedientes relativos a tales sanciones.
2) Que, el 12 de enero de 2018, Carabineros de Chile, habría informado a través de una nota lo siguiente: "Conforma Normas Regulan la Ley 20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y acceso a la información, Bulnes N° 80, piso II, Santiago" (sic).
3) Que, con fecha 23 de febrero de 2018, don Roberto Gallardo Canuta dedujo amparo su derecho de acceso a la información pública en contra de Carabineros de Chile, fundado en la denegación de acceso a su solicitud de información.
Y CONSIDERANDO:
1) Que, atendido lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley de Transparencia y los artículos 36 y 46 de su Reglamento, corresponde a este Consejo examinar la admisibilidad del reclamo presentado por el requirente en atención a los requisitos establecidos en...
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