Decisión nº C1006-17, de Consejo de Transparencia de 14 de Julio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699286745

Decisión nº C1006-17, de Consejo de Transparencia de 14 de Julio de 2017

Fecha de Resolución14 de Julio de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas, Subsidios y Beneficios
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C1006-17

Entidad pública: Instituto Nacional de la Juventud

Requirente: Robert Muller

Ingreso Consejo: 22.03.2017

En sesión ordinaria N° 815 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de julio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1006-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 16 de marzo de 2017, don Robert Muller solicitó -en formato PDF- al Instituto Nacional de la Juventud "todos los proyectos que resultaron ganadores durante el año 2016 del Fondo Comunitario, Fondo Participa y Fondo Participa II".

2) RESPUESTA: El 22 de marzo de 2017, el Instituto Nacional de la Juventud respondió a dicho requerimiento de información mediante oficio sin número, señalando, en síntesis, que los proyectos adjudicados de los fondos señalados se encuentran disponibles en los links que indica.

3) AMPARO: El 22 de marzo de 2017, don Robert Muller dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Hace presente que se remitió un listado de las organizaciones adjudicatarias, pero no los proyectos ganadores.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo confirió traslado del presente amparo al Sr. Director del Instituto Nacional de la Juventud, mediante Oficio N° E567 de 4 de abril de 2017. El órgano reclamado presentó sus descargos y observaciones mediante Oficio N° 658 de 21 de abril de 2017, señalando, en síntesis que:

a) Cada uno de los fondos mencionados tienen como ganadores a 320 proyectos, en el caso del fondo participa 2016, 200 proyectos en el fondo participados 2016, y 29 adjudicados en el caso del fondo comunitario 2016. Por tanto, el total es de 549 proyectos solicitados.

b) Dentro de cada proyecto se contiene información que es sensible de los representantes y de las organizaciones, como números de teléfonos, direcciones, correos electrónicos, número de cuenta corriente en instituciones financieras, entre otras, cuestión que no es posible entregar a terceros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 19.628. Para poder entregar dichos datos contenidos en los proyectos, es...

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